Periódico Oficial de Chiapas del 22/9/2021 - Sección Cuarta

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

miércoles 22 de septiembre de 2021

Periódico Oficial No. 185 4a. Sección
Capítulo X
Del Uso de los Instrumentos de Trabajo Artículo 27.- El personal del Ayuntamiento deberá tener el cuidado necesario con las instalaciones, equipo, instrumentos y demás recursos de trabajo que le sean asignados, sin distraerlos nunca para fines particulares o que sean incongruentes con los propósitos de la misma.
Capítulo XI
De la Aplicación e Interpretación Artículo 28.- El Órgano Interno de Control Municipal será la dependencia competente para aplicar, interpretar, difundir y evaluar el cumplimiento del presente Código y los Códigos de Conducta; sin embargo, sera responsabilidad de las y los Titulares de las Dependencias y Entidades fomentar su conocimiento y el estricto ejercicio de los Principios y Valores que en él se contienen.
Capítulo XII
De las Sanciones Artículo 29.- La y el servidor público que se desempeñe sin apego a los valores y principios señalados en este Código de Ética, pueden incurrir en faltas, infracciones e incluso delitos; en esos casos las sanciones se aplicarán conforme a lo previsto por la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas, independientemente de las sanciones dispuestas en los Códigos Penales y Civiles del Estado.

TÍTULO TERCERO
DE LOS RECURSOS
Capítulo Único De los Recursos Artículo 30.- Las personas afectadas por las resoluciones dictadas con motivo de la aplicación de este Código, podrán recurrirlas en los términos establecidos en la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, y en su caso por la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Chiapas.
TRANSITORIOS
Artículo Primero.- Para promover relaciones de respeto e igualdad entre los géneros, visibilizar a las mujeres, y prevenir la violencia y discriminación contra cualquier persona, en el presente Código de Ética y Conducta para los Servidores Públicos del Ayuntamiento de Arriaga, Chiapas, se utilizará el genérico masculino por efectos gramaticales, por lo que se entenderá que se hace referencia a mujeres y a hombres por igual.
Artículo Segundo.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones que contravengan al presente Código de Ética y Conducta para los Servidores Públicos del Ayuntamiento de Arriaga, Chiapas a partir de la fecha que entre en vigor.
Artículo Tercero.- Los aspectos no previstos por este Código se resolverán en Sesión de Cabildo con apego a la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas.

301

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 22/9/2021 - Sección Cuarta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaísMéxico

Fecha22/09/2021

Nro. de páginas304

Nro. de ediciones84

Primera edición06/06/2007

Ultima edición28/12/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930