Periódico Oficial de Chiapas del 2/3/2016 - Sección Cuarta

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

Miércoles 02 de Marzo de 2016

Periódico Oficial No. 226-4a. Sección
regional, que respondan a las demandas e impacten significativamente en el mejoramiento de las condiciones de vida de los chiapanecos.
Los caminos rurales constituyen un factor clave para la integración y el desarrollo regional, ya que permiten la comunicación permanente entre los centros de población y producción en el medio rural, así como el acceso de amplios grupos de población a más servicios básicos de salud y educación.
Esta notable tarea estratégica permitirá incrementar las oportunidades de empleo y bienestar detonando el progreso social y económico de nuestros pueblos y ciudades.
En este sentido, se hace necesario la creación de un Organismo Auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado, la cual contará con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, presupuestal, financiera, técnica, de gestión, de operación y de ejecución para el adecuado desarrollo de sus atribuciones, denominándose Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica, teniendo o tendrá como objeto fundamental, la ejecución de obra pública en materia comunicación terrestre, tales como carreteras, caminos y puentes, así como su funcionamiento, operación y administración; y en materia de aprovechamiento de aguas estatales, así como lo relativo a la ampliación, rehabilitación, operación, conservación y mejoramiento de las redes del sistemas de agua potable, agua desalada, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y reutilización de las mismas.
Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, el Ejecutivo Estatal a mi cargo, tiene a bien expedir el siguiente:
Decreto por el que se crea la Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica Capítulo I
De su Creación y Domicilio Artículo 1.- Se crea la Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica, en adelante, La Comisión de Caminos, como un Organismo Auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas, adscrito a la Secretaría de Obra Pública y Comunicaciones, patrimonio propio, autonomía administrativa, presupuestal, financiera, técnica, de gestión, de operación y de ejecución para el adecuado desarrollo de sus atribuciones, misma que atenderá los asuntos que este instrumento y la normatividad aplicable le señalen.
Artículo 2.- La Comisión de Caminos tendrá su domicilio legal en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Así mismo, podrá establecer las oficinas, sucursales o agencias que resulten necesarias para el ejercicio de sus funciones, conforme a lo establecido en su Reglamento Interior.
Artículo 3.- La Comisión de Caminos queda sometida a las reglas de contabilidad, presupuesto y gasto público aplicable a la Administración Pública Estatal, de conformidad con lo establecido por el Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas.
La Comisión de Caminos formulará sus planes, proyectos, programas, presupuesto e informes conforme a la normatividad aplicable y los presentará a la Secretaría de Hacienda para su inclusión en el presupuesto de egresos, informando de ello al Ejecutivo del Estado.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 2/3/2016 - Sección Cuarta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaísMéxico

Fecha02/03/2016

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones84

Primera edición06/06/2007

Ultima edición28/12/2022

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