Periódico Oficial de Chiapas del 31/12/2009 - Sección Cuarta

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

Periódico Oficial No. 208-4a. Sección
Jueves 31 de Diciembre de 2009

Publicación Estatal:
Secretaría General de Gobierno Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Gobernación Decreto Número 054
Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
Decreto Número 054
La Honorable Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y Considerando Que la fracción I del artículo 29, de la Constitución Política Local, faculta al Honorable Congreso del Estado, legislar en las materias que no estén reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquéllas en que existan facultades concurrentes, conforme a Leyes Federales.
La Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas, fue aprobada por el Honorable Congreso del Estado, mediante Decreto número 146, con fecha veintitrés de enero de dos mil tres, y publicado en el Periódico Oficial número 152, de fecha veintinueve de enero del mismo mes y año, con el objeto de regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, gasto, ejecución, conservación, mantenimiento y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la contratación de servicios que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, así como los municipios por sí solos o a través de sus Dependencias o Entidades municipales.
Dicho ordenamiento regula la integración y funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles, el cual se encuentra integrado por los titulares de diversas Dependencias de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
Ahora bien, como consecuencia de la constante revisión y actualización del marco jurídico de la Administración Pública del Estado de Chiapas, a iniciativa del Ejecutivo del Estado, se presentaron ante el Honorable Congreso local diversas iniciativas de decretos por los que se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, a través de los cuales se han extinguido algunas Dependencias y, en su caso, se ha modificado la denominación de otras.
Derivado de lo anterior y tomando en cuenta que muchas de las Dependencias a que se refiere el párrafo anterior forman parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios de Bienes Muebles, resulta de fundamental importancia adecuar el contenido de la Ley de Adquisiciones, 2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 31/12/2009 - Sección Cuarta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaísMéxico

Fecha31/12/2009

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones84

Primera edición06/06/2007

Ultima edición28/12/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2009>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031