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Periódico Oficial de Chiapas del 15/3/2023 - Sección Segunda
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda
miércoles 15 de marzo de 2023
SGG-ID-PO17475
Periódico Oficial No. 272 2a. Sección
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 1642-C-2023
LA CIUDADANA CONTADOR PÚBLICO HEIDY MAYRA VÁZQUEZ ARCOS, Presidenta Municipal Constitucional de Tumbalá, Chiapas; con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 21 en su Párrafo Cuarto y 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
80, 81 y 82 de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Chiapas; 45 fracción II y XLII, 55, 56, 57 fracciones I, II, VI y XIII, 95, 99, 100, 213, 214, y 220 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas;
concatenado con los Artículos 108 y 109 del Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tumbalá, Chiapas; en cumplimiento al acuerdo que integra el cuerpo colegiado de Cabildo en Sesión Extraordinaria número 09 de fecha 09 de febrero del año 2023, celebrada a las 8:00 horas de la mañana, hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tumbalá, Chiapas, en uso de las facultades que le concede el artículo 45 fracción II de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, y:
CONSIDERANDO
I.- Que la Administración Pública del Ayuntamiento Municipal del Municipio de Tumbalá, Chiapas periodo Constitucional 2021-2024, tiene como objetivo el Desarrollo Integral del Municipio de Tumbalá, Chiapas; siendo indispensable amalgamar los factores socioeconómicos, culturales, políticos y educacionales, que garanticen la paz y la estabilidad social indispensables, para estar en condiciones de lograr la modernidad necesaria en los servicios públicos, que fomenten el bienestar a la ciudadanía, que permitan detonar el desarrollo de las empresas, que cumplan con las expectativas de modernidad y que fortalezcan la hacienda pública, de forma transparente y eficaz, para obtener una Forma de Recaudación Tributaria, que amortice los endeudamientos del erario que fomenten el desarrollo económico regional y que permitan la participación ciudadana en un marco jurídico pleno de derecho, justo y equitativo.
II.- Que la Ley de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles y contrataciones de servicios del Estado de Chiapas, Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas y El Bando de Policía y Buen Gobierno, facultan a los Ayuntamientos Municipales a expedir un Instrumento Legal y Normativo Reglamentario, que concluya la Organización, actuación y funcionamiento de un comité Municipal que se Constituya como Órgano Colegiado, para aplicar las normas y procedimientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de bienes muebles así como la optimización y utilización de los recursos que destine el Gobierno Municipal para esos fines.
III.- Que el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tumbalá, Chiapas; es el Órgano de Gobierno encargado de implementar las Disposiciones Legales que conformen el Marco Legal del Municipio de Tumbalá, Chiapas; y que esta responsabilidad es insalvable e ineludible.
IV.- Que, para iniciar una administración plena y transparente, es menester contar con los instrumentos legales que permitan desde el primer día de Gobierno, iniciar actividades Legitimas, en marco pleno de derecho, por lo que el Honorable Ayuntamiento que Presido, Expide el Presente:
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