Periódico Oficial de Chiapas del 10/2/2021 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 10 de febrero de 2021

I.

Periódico Oficial No. 151 2a. Sección
a la XIX.

Artículo 17.- El titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos tendrá las atribuciones siguientes:
I.

a la VII.

VIII.

Proponer los proyectos de contratos, convenios y demás actos de carácter administrativo y legal que deba suscribir el Oficial Mayor.

IX.
Artículo 17 Bis.- El titular del Área de Transparencia, tiene las atribuciones y funciones conferidas en el artículo 70 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, en el artículo 117 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo 18.- La Dirección de Procesos Licitatorios tendrá los Órganos Administrativos siguientes:
I. Departamento de Padrón de Proveedores.
II. Departamento de Licitaciones Públicas.
III. Departamento de Licitaciones Restringidas.

Artículo 25.- Los titulares de la Unidad de Apoyo Administrativo, Unidad de Asuntos Jurídicos, Área de Transparencia, Dirección de Procesos Licitatorios, Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios y Dirección Operativa del FOPROVEP, serán suplidos en sus ausencias por los servidores públicos que designe el Oficial Mayor.
Artículo 26.- Los titulares del Área de Recursos Humanos, Área de Recursos Financieros y Área de Recursos Materiales y Servicios Generales; así como los titulares del Departamento de Padrón de Proveedores, Departamento de Licitaciones Públicas, Departamento de Licitaciones Restringidas, Departamento de Adquisiciones de Bienes y Servicios, Departamento de Investigación de Mercados, Departamento de Contabilidad y Departamento de Enlace Jurídico, serán suplidos en sus ausencias por los servidores públicos que designen los titulares del Órgano Administrativo al cual estén adscritos, previo acuerdo con el Oficial Mayor.
Transitorios Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 10/2/2021 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha10/02/2021

Nro. de páginas150

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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