Periódico Oficial de Chiapas del 30/9/2020 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 30 de septiembre de 2020

Periódico Oficial No. 128 2a. Sección
PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 1040-A-2020
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59 y 62 párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, 6, 10, 15, 28, fracciones I y II, 29, fracciones II, V y XI, 30, fracciones V, VI
párrafo segundo, XXXVII, LV y LVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y RESULTANDO

I.- Que el C. RICARDO RODRIGUEZ RAMIREZ, ha ejercido su derecho solicitando su Pensión por Jubilación. Funda su petición en el hecho de que ha prestado sus servicios al Gobierno del Estado de Chiapas, durante 30 años; a partir del 16 de Junio de 1989 al 15 de Junio de 2019, como indica la Constancia de Antigedad Laboral Núm. SH/CGRH/BUR-ZA-475/2019, de fecha 27 de Septiembre de 2019, ocupando plaza de confianza con categoría de Auxiliar de Servicios A, adscrito a la Secretaría de Hacienda.
II.- Que en relación con los hechos constitutivos de su petición, el C. RICARDO RODRIGUEZ
RAMIREZ, entre otros medios probatorios, presentó la siguiente documentación: 1.- Acta de Nacimiento; 2.- Copia fotostática de Credencial para Votar; 3.- Original de Constancia de Antigedad Laboral Núm. SH/CGRH/BUR-ZA-475/2019, de fecha 27 de Septiembre de 2019; 4.- Original de Constancia de Servicio Activo; 5.- Copia fotostática de Talón de Cheque;
6.- Original de Constancia de Sueldos; y
CONSI DERANDO

I.- Que es constante preocupación del Gobierno del Estado de Chiapas, proporcionar toda protección económica al empleado público de confianza, que como trabajador está sujeto al desgaste orgánico funcional ocasionado por el transcurso del tiempo.
II.- Que después de haber analizado la documentación presentada por el C. RICARDO RODRIGUEZ
RAMIREZ, ha quedado plenamente demostrado que como trabajador de confianza al servicio del Gobierno del Estado de Chiapas, generó una antigedad de 30 años; a partir del 16 de Junio de 1989
al 15 de Junio de 2019, cumpliendo en ese momento, con los requisitos previstos en el artículo 108
de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 26 de Agosto de 1981, misma que es aplicable de conformidad al artículo Décimo Transitorio del Decreto No. 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 18 de Febrero del 2020, para solicitar su Pensión por Jubilación.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 30/9/2020 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha30/09/2020

Nro. de páginas140

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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