Periódico Oficial de Chiapas del 23/9/2020 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 23 de septiembre de 2020

Periódico Oficial No. 127 2a. Sección
Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público y de observancia general para el Ayuntamiento de Palenque, Chiapas. Tiene por objeto ejecutar y desarrollar los criterios y procedimientos para garantizar el derecho humano a la información.
Artículo 2. Los objetivos de este Reglamento son: a Garantizar el ejercicio del derecho a la información. b Establecer procedimientos sencillos para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
Artículo 3. Además de las definiciones del artículo. 3 de la Ley estatal, para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
A Gasificación: El proceso por el que el Ayuntamiento de Palenque determina que la información en su poder actualizar alguno de los supuestos de reserva o confidencialidad.
B Comité: Comité de Transparencia.
C Enlace: El personal designado como Unidad de enlace en materia de transparencia de cada una de las áreas que integran este Ayuntamiento.
D Ayuntamiento: Los organismos públicos que integran el Ayuntamiento de Palenque, Chiapas.
E Ley General: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
F Ley estatal: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.
G Máxima publicidad: Principio constitucional cuya aplicación implica para cualquier autoridad realizar un manejo de la información bajo la premisa inicial que toda ella es pública y sólo por excepción, en los casos expresamente establecidos en el Reglamento y justificados bajo determinadas circunstancias, se podrá clasificar como confidencial o reservada, esto es, considerarla con una calidad diversa.
H Órgano garante: Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.
I Sistema Nacional: Sistema Nacional de Transparencia J Reglamento: Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Palenque, Chiapas.
K Solicitud: Solicitud de acceso a la información pública.
L Unidad: Unidad de Transparencia TÍTULO SEGUNDO
PROMOCIÓN DE LA TRANSPARENCIA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 4. La Unidad propondrá al Comité la aprobación del programa de capacitación de los servidores públicos para que se integre a las políticas y programas generales del Ayuntamiento.
Artículo 5. El programa de capacitación podrá consistir en cursos, talleres, seminarios, mesas de trabajo o pláticas.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 23/9/2020 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha23/09/2020

Nro. de páginas440

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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