Periódico Oficial de Aguascalientes del 7/11/2022

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes

Noviembre 7 de 2022

PERIÓDICO OFICIAL

Primera Sección
Pág. 3

A

I. a la III.

O
IV
H C
R

IV. No infringir ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes;

TRANSITORIO

ARTÍCULO ÚNICO. -El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, del Palacio Legislativo, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima, publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 27 de octubre del año 2022.

P

ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA

A

MARÍA DE JESÚS DÍAZ MARMOLEJO
DIPUTADA PRESIDENTA

R

JAIME GONZÁLEZ DE LEÓN
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO

A

EMANUELLE SÁNCHEZ NÁJERA
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO

N

O

C

En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35, 36, 46 fracción I y 49 párrafo Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente segundo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, para su debida publicación y observancia, Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 3 de Promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, noviembre de 2022.- La Gobernadora del Estado de Aguascalientes, C. María Teresa Jiménez Esquivel.Ags., a 3 de noviembre de 2022.- La Gobernadora del Estado de Aguascalientes, C. María Teresa Jiménez Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Mtro. Florentino de Jesús Reyes Berlié.- Rúbrica Esquivel.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Mtro. Florentino de Jesús Reyes Berlié.- Rúbrica.

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:

S

Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

Decreto Número 216

U

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:

LT

ARTÍCULO ÚNICO. - Se REFORMA la fracción VII del Artículo 35 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:
Artículo 35.-

A

I. A la VI.

VII. Los programas de vivienda y de medio ambiente sano y sustentable, que apoyen y fortalezcan la economía familiar;
VIII. A la X.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 7/11/2022

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaísMéxico

Fecha07/11/2022

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones1339

Primera edición03/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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