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Periódico Oficial de Aguascalientes del 7/3/2022
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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes
Pág. 2
Primera Sección
PERIÓDICO OFICIAL
Marzo 7 de 2022
A
GOBIERNO DEL ESTADO
O
IV
H
C
R
CONTRALORÍA INTERNA DEL HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ACUERDO POR EL CUAL SE NOMBRA A LAS AUTORIDADES INVESTIGADORA, SUBSTANCIADORA
Y RESOLUTORA DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS.
Aguascalientes, Aguascalientes, a primero del mes de marzo de dos mil veintidós.
Visto. Para resolver el proyecto de designación de autoridades, en cumplimiento a las obligaciones derivadas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, bajo los siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas fue publicada mediante Decreto en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis.
P
SEGUNDO. Que el artículo Primero Transitorio de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece que esta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
A
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin perjuicio de lo previsto en los transitorios siguientes.
A
R
TERCERO. Que el artículo Segundo Transitorio de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece que, dentro del año siguiente a la entrada en vigor del Decreto, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes de conformidad con lo previsto en el citado Decreto.
C
Segundo. Dentro del año siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes de conformidad con lo previsto en el presente Decreto.
R E SU L T AN D O
N
O
CUARTO. Que a través del Decreto 124 emitido por el Honorable Congreso del Estado de Aguascalientes se expidió la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes en fecha Primero de agosto de dos mil diecisiete en armonización con lo establecido en la referida Ley General de Responsabilidades Administrativas.
U
S
PRIMERO. Que el acorde a lo establecido por el artículo 49 fracción XIII del Reglamento Interior del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, esta Contraloría Interna propuso al Comité de Administración, la estructura orgánica de la Contraloría, que permitiera el cumplimiento de las atribuciones conferidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.
CONSIDERANDO
A
LT
SEGUNDO. Acorde a lo establecido en fecha veinte de noviembre de dos mil dieciocho, el Comité de Administración aprobó el Acuerdo presentado por el titular de la Contraloría Interna del Honorable Congreso del Estado de Aguascalientes, permitiéndole hacer efectiva la división de las autoridades del Órgano Interno de Control a efecto de llevar a cabo procedimientos de responsabilidades administrativas que le competan.
I. Que el artículo 109 fracción III, párrafos quinto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que los entes públicos estatales tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia de los tribunales administrativos, revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, así mismo,