Periódico Oficial de Aguascalientes del 24/9/2018

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 48

Primera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Septiembre 24 de 2018

Legislativo, Judicial del Estado, Órganos Autónomos, fideicomisos públicos, municipios del Estado, instituciones o asociaciones públicas o privadas de salud, de beneficencia o asistencia, educativas o culturales, o cuyos fines sean el desarrollo económico, a beneficiarios de algún servicio asistencial público, o a las comunidades agrarias y ejidos, lo que deberá ser objeto de acreditación y seguimiento por parte de la institución de que se trate.
Para poder determinar el comodato de un bien mueble a favor de un peticionario, se deberá formalizar mediante la celebración del contrato respectivo en términos del Código Civil del Estado de Aguascalientes. En el clausulado se establecerán las previsiones para que los bienes muebles se destinen al objeto para el que fueron otorgados mediante la figura del comodato.
En ningún caso procederá el comodato de bienes muebles a asociaciones o sociedades de las que formen parte el cónyuge o los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, del o los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en los actos relativos a dichos comodatos.
Para iniciar el trámite de comodato de bienes muebles, se requiere presentar lo siguiente:
I.

Los interesados deberán presentar la solicitud por escrito ante la Oficialía Mayor, firmada por el representante legal, en su caso, o por el peticionario;

II.

Exceptuando a los beneficiarios de algún servicio asistencial público, presentar copia simple del acta constitutiva de dichas asociaciones o sociedades y sus reformas;

III.

En caso de ser persona física, anexar copia de la identificación oficial;

IV.

En caso de ser persona moral, anexar copia de la identificación oficial del representante legal y también el documento que acredite la personalidad con la que concurre;

V.

La solicitud deberá contener una justificación del motivo por el que se solicitan los bienes muebles y el uso que se dará a los mismos; y
VI.

El listado de los bienes muebles solicitados.

Una vez analizada y atendida la solicitud, se determinará la procedencia o improcedencia de la petición.
La Fiscalía General, a través de la Oficialía Mayor, podrá entregar bienes muebles en resguardo provisional a servidores públicos de otras dependencias y entidades con actividades en materia de seguridad pública, cuando se justifique lo anterior para hacer frente a situaciones que pongan en peligro la seguridad pública o la integridad de las personas, y sin perjuicio de que en su momento y de resultar necesario se formalice el contrato de comodato respectivo.
Artículo 46.- Previo al inicio del trámite de comodato, la Oficialía Mayor publicará por medios electrónicos, el listado de los bienes muebles disponibles que pueden ser aprovechados, sí en un plazo de 3 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación, ninguna de ellas manifiesta su interés, la Dirección de Servicios Generales emitirá el Dictamen de no utilidad de los bienes muebles en cuestión y la autorización del comodato, y procederá según corresponda en términos del Reglamento para la Desincorporación, Destino Final y Baja de Bienes Muebles de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y la Ley.
Artículo 47.- Una vez solventadas las disposiciones para el comodato de bienes muebles, la Fiscalía General procederá a la elaboración del contrato respectivo, continuando el resguardo de los bienes bajo la custodia del comodatario resguardante de los bienes a ser entregados en comodato.
CAPÍTULO XI
DE LAS VERIFICACIONES Y DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES
Artículo 48.- La Oficialía podrá verificar, supervisar e inspeccionar en cualquier tiempo el cumplimiento de la Ley y este Reglamento, siendo responsabilidad de cada Unidad Administrativa, proporcionar la información que ésta le solicite.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 24/9/2018

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaísMéxico

Fecha24/09/2018

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones1339

Primera edición03/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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