Periódico Oficial de Aguascalientes del 25/10/2021 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 2

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Octubre 25 de 2021

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DEL INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

ARTÍCULO ÚNICO. - De conformidad a lo establecido en la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 08 de julio de 2019, se expide el presente Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Instituto de Planeación del Estado de Aguascalientes, al tenor de las siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

P

Como respuesta a la demanda ciudadana y a la obligación del Estado para proteger el patrimonio púbico de los aguascalentenses, se han impulsado nuevas leyes y ordenamientos que potencialicen los recursos de los que dispone la ciudadania para su desarrollo, protección, infraestructura, educación, salud, entre otras. De esta manera se contempló la regulación de las remuneraciones de los servidores públicos del Estado de Aguascalientes y sus municipios, permitiendo con ello, disminuir el gasto corriente del Estado de manera real, logrando generar economías significativas y útiles para mejorar la calidad de vida de los aguascalentenses.

A

Por lo anterior, mediante Decreto Número 180, se expidió la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 08 de julio de 2019.

A

R

Para dar cumplimiento a las disposiciones señaladas en el citado Decreto, el Instituto de Planeación del Estado de Aguascalientes, a través de la Dirección de Administración y Finanzas, con el apoyo de la Jefatura del Departamento de Capital Humano y Recursos Financieros, y de conformidad con el Reglamento Interior del Instituto de Planeación del Estado de Aguascalientes, es la facultada para asesorar administrativamente al Director General y a las áreas que conforman al Instituto; elaborar y someter a consideración del Director General, el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto, y remitirlo a la Secretaría de Finanzas para su incorporación en el proyecto anual de Presupuesto de Egresos del Estado;
vigilar el ejercicio del presupuesto asignado y proponer las modificaciones que amerite, vigilando el cumplimiento de las disposiciones fiscales y contables aplicables; integrar y validar la documentación necesaria conforme a las normas aplicables, para el trámite de afectaciones al presupuesto autorizado y presentarla para autorización del Director General; suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus funciones y los que le sean señalados por delegación expresa de su superior jerárquico; supervisar, asesorar, vigilar y administrar que se brinden los apoyos informáticos, programas, equipos, servidores de datos al personal adscrito al Instituto, así como respaldar la información de todas las áreas; dirigir, evaluar y resolver, con el apoyo de la Dirección de Asuntos Jurídicos, los asuntos laborales del personal al servicio del Instituto, así como validar los registros e incidencias del mismo; formalizar y asegurar el cumplimiento de las relaciones laborales de los servidores públicos del Instituto; así como el garantizar el cumplimiento de las remuneraciones y prestaciones al personal conforme a la ley; hacer el pago de las contrataciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios, que ejecute el Instituto; validar previo acuerdo con el Director General, la adquisición de materiales y suministros necesarios para el Instituto, así como verificar la entrega de los mismos; atender las necesidades de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles del Instituto, así como mantener actualizados los resguardos de activos; realizar las actividades necesarias para formar, conservar y mantener un adecuado ambiente de trabajo; vigilar e implementar las políticas y medidas de austeridad para la optimización de los recursos del Instituto; vigilar y controlar el almacén del Instituto que le sea asignado;
coordinar el ejercicio de los recursos financieros, materiales, humanos y de servicios generales, supervisando y controlando los registros contables, de fiscalización y de pagos del Instituto; rendir los informes financieros, fiscales, contables y los que se deriven de sus funciones, ante las instancias correspondientes en los tiempos y formas previstos para ello; conciliar ante la Secretaría de Finanzas del Estado, el presupuesto autorizado;
así como, el estado que guardan los recursos a cargo del Instituto; supervisar y dar seguimiento a la aplicación del recurso financiero de la obra; y las demás que le confiera la Junta de Gobierno, el Director General, o las que le señalen las leyes, códigos, reglamentos y demás disposiciones legales; así como, las derivadas de convenios, contratos o cualquier otro instrumento jurídico.

U

S

N

O

C

A

LT

Por lo anteriormente expuesto, tengo a bien expidir el presente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 25/10/2021 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha25/10/2021

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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