Periódico Oficial de Aguascalientes del 11/2/2019 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 218 Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Febrero 11 de 2019

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pudiendo autorizar a profesionales del derecho para oír y recibir toda clase de notificaciones. En el Coordinador Jurídico recaerá la representación legal de la Secretaría, en los juicios y procesos de cualquier orden que se ventilen ante los Tribunales Judiciales y Administrativos locales y federales, y en los cuales la Secretaría sea parte, como demandado, demandante, tercero perjudicado o autoridad responsable;

V.Gestionar la inscripción de las resoluciones y programas competencia de la Secretaría, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, previa solicitud de las direcciones generales respectivas;
VI.Auxiliar a las coordinaciones y direcciones en la propuesta al Secretario, para la creación de comisiones, subcomisiones, comités, subcomités y grupos de trabajo derivados de los diferentes cuerpos legales aplicables a la Secretaría;
VII.Elaborar los estudios y análisis jurídicos relacionados con la actividad de la Secretaría;

VIII.Revisar los contratos, convenios, bases de coordinación o de colaboración en las que sean parte la Secretaría, las coordinaciones o las direcciones generales adscritas a la Secretaría; así como elaborar y, en su caso, revisar los convenios operativos derivados de los suscritos por el Gobernador, que sean necesarios para el cumplimiento de las atribuciones de la Secretaría en el ámbito de su competencia;
IX.Atender consultas jurídicas del Secretario, coordinadores y de los directores generales;

X.Mantener actualizado al Secretario, coordinadores y directores generales, de las publicaciones y modificaciones a leyes relacionadas con la actividad de la Secretaría;

P

XI.Fungir como el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría en materia de transparencia y acceso a la información pública del Estado, con las funciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes;

A

XII.Signar los informes solicitados por autoridades administrativas y judiciales. Para el mejor desempeño de sus funciones el Coordinador podrá delegar en el servidor público de la jerarquía inmediata inferior que el mismo designe esta facultad, misma que deberá hacerse constar por escrito;

R

XIII.Tramitar la inscripción en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, de los sistemas de cómputo y de las demás creaciones intelectuales que se desarrollen en la Secretaría y que sean susceptibles de registro;

A

XIV.Signar en ausencia del Secretario las demandas, contestaciones de demandas, ofrecimientos de pruebas, alegatos, interposición de recursos e incidentes que sean competencia de la Secretaría;
XV.Elaborar actas de carácter administrativo cuando así se lo soliciten el Secretario, coordinadores o directores generales;

C

XVI.Previo pago de los derechos correspondientes, expedir copias certificadas y constancias de expedientes relativos a asuntos de su competencia, de conformidad a lo señalado por la Ley de Ingresos del Estado y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes;
XVII.Coordinar con el Secretario de Gobierno, todas las actividades inherentes a su puesto;

O

XVIII. Coadyuvar desde su trabajo en el gabinete central con las políticas y lineamientos establecidos por él;

N

XIX.Coadyuvar con la Dirección General de Ordenamiento Territorial cuando se le solicite, en las denuncias populares que se presenten con base en lo dispuesto en el Código;

S

XX.En coordinación con la Dirección General de Ordenamiento Territorial, sustanciar mediar y conciliar cuando se le solicite, en asuntos, conflictos y controversias entre colonos, adquirentes de lotes, predios y viviendas, condóminos, fraccionadores y promotores de condominios y desarrollos inmobiliarios especiales, trabajando en conjunto con las diferentes Dependencias del estatales y municipales cuando el desempeño de las funciones así lo requiera;

U

XXI.Auxiliar al Secretario en la notificación y ejecución de las resoluciones emitidas por él, con relación a los asuntos de su competencia; y
Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO

LT

XXII.Ejercer las atribuciones y facultades que le señalen las leyes, códigos, reglamentos y demás disposiciones legales; así como, las derivadas de convenios, contratos o cualquier otro instrumento jurídico.

A

PRIMERO.- Se expide el ACUERDO POR EL CUAL EL SECRETARIO DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO, DESIGNA AL JEFE DE
DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO DE LA COORDINACIÓN JURÍDICA, COMO ENCARGADO DE
DESPACHO DE LA COORDINACIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL Y CATASTRAL, PARA EJERCER LAS FACULTADES CONFERIDAS
EN LOS ARTÍCULOS 31 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, ASÍ COMO 13 Y 15 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN
URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL Y CATASTRAL; PARA EJERCERLAS EN

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 11/2/2019 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha11/02/2019

Nro. de páginas220

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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