Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/9/2018 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Septiembre 17 de 2018

PERIÓDICO OFICIAL

Cuarta Sección
Pág. 63

Unidos Mexicanos; 58 Bis fracción II, 59 párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 1, 3, fracciones XX y XXII, 4 fracción II de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes; 1, 3, 4 y 5 párrafo segundo de su Reglamento, se expide la siguiente reforma al Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, al tenor de los siguientes.
CONSIDERANDO
Que a efecto de establecer una operatividad armónica con las disposiciones previstas por el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, y toda vez que en materia de procedimientos penales, civiles y familiares competencia de esta Fiscalía General, se requiere de estrategias de litigación dirigidas a las unidades administrativas, auxiliares y agentes del Ministerio Público, con tal objetivo, resulta indispensable facultar al titular de la Coordinación de Asesores, y se expide el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones VIII, IX, X y se adiciona una fracción XI al artículo 13 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:
Artículo 13.
I. al VII.
VIII. Concertar reuniones con los Vice Fiscales, Oficial Mayor, Comisario General de la Policía Ministerial, Directores Generales y Directores, según el asunto a tratar, con el objeto de homologar criterios que se presenten con motivo de la actuación de la Fiscalía;
IX. Realizar el estudio técnico de cualquier asunto que le sea encomendado por el Fiscal General;
X. Apoyar e instrumentar los trabajos de asesoría técnica y diseño de estrategias de litigación a las unidades administrativas, auxiliares y agentes del Ministerio Público de la Fiscalía, en los procedimientos en materia penal, civil y familiar que determine el Fiscal General; y XI. Las demás que le confiera el Fiscal General.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Así lo determinó y firma el Maestro Jesús Figueroa Ortega, Fiscal General del Estado de Aguascalientes.
"INVESTIGAR PARA SERVIR"
AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, A 12 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
MTRO. JESÚS FIGUEROA ORTEGA
FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/9/2018 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha17/09/2018

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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