Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/9/2018 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 2

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Septiembre 17 de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
H. AYUNTAMIENTO
AYUNTAMIENTO DE
DE AGUASCALIENTES
AGUASCALIENTES
H.
M ARÍA
T ERESA
J IMÉNEZ
E SQUIVEL
, P
RESIDENTE
M UNICIPAL
DE
AGUASCALIENTES
GUASCALIENTES,, con con fundamento fundamento en en los los artículos artículos MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE A
115, fracción II
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
68
de la Constitución Política del 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes;
16, 36
fracciones I
y XXXIX, 38
fracciones I
y II
de la Ley Municipal para el Estado Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes;
Aguascalientes; artículos artículos 78
78 yy 79
79 del del Código Código Municipal Municipal de de Aguascalientes, Aguascalientes, a a los los habitantes habitantes del del Municipio Municipio de de Aguascalientes Aguascalientes hago hago saber saber que que el el Honorable Honorable Ayuntamiento Ayuntamiento Constitucional Constitucional 2017-2019, 2017-2019, tuvo tuvo a a bien bien aprobar aprobar de la reforma al artículo primero transitorio de la reforma al artículo 31
del Código Municipal de la reforma al artículo primero transitorio de la reforma al artículo 31 del Código Municipal de Aguascalientes, publicada el 26
de diciembre de 2016
en el Periódico Oficial del Estado Aguascalientes, publicada el 26 de diciembre de 2016 en el Periódico Oficial del Estado de de Aguascalientes, para para quedar quedar como como sigue:
sigue:
Aguascalientes, ARTÍCULO PRIMERO.PRIMERO.- Las Las presentes presentes reformas reformas iniciarán iniciarán su su vigencia vigencia al al día día siguiente siguiente de de su su publicación publicación en en el el ARTÍCULO
Periódico Oficial del Estado, con excepción de la reforma al artículo 31, la cual entrará en vigor el 1º de Periódico Oficial del Estado, con excepción de la reforma al artículo 31, la cual entrará en vigor el 1º de enero de de 2019.
2019.
enero
TRANSITORIO
TRANSITORIO
ÚNICO:
La presente reforma iniciará su vigencia, al día día siguiente siguiente de de su su publicación publicación en en el el Periódico Periódico Oficial Oficial del del ÚNICO: La presente reforma iniciará su vigencia, al Estado de Aguascalientes.
Estado de Aguascalientes.
Lo anterior anterior para para el el conocimiento conocimiento de de la la ciudadanía.
ciudadanía. Dado Dado por por el el Honorable Honorable Ayuntamiento Ayuntamiento Constitucional Constitucional del del Lo Municipio de de Aguascalientes, Aguascalientes, en en la la sesión sesión ordinaria ordinaria celebrada celebrada el el día día diez diez de de septiembre septiembre del del año año dos dos mil mil Municipio dieciocho en el salón Cabildo, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente dieciocho en el salón Cabildo, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente Municipal de de Aguascalientes;
Aguascalientes; los los Regidores Regidores Edson Edson Rubén Rubén Camarillo Camarillo Rodríguez, Municipal Rodríguez, Marly Marly Fabiola Fabiola Carranza Carranza Ávila, Ávila, Manuel Alejandro Alejandro Monreal Monreal Dávila, Dávila, Mónica Mónica Ledezma Ledezma Gallegos, Gallegos, Gustavo Gustavo Tristán Tristán López, López, Juana Juana Cecilia Cecilia López López Manuel Ortiz, Salvador Salvador Maximiliano Maximiliano Ramírez Ramírez Hernández, Hernández, Miguel Miguel Romo Romo Reynoso, Reynoso, Mauricio Mauricio González González López, López, Oscar Oscar Ortiz, Salvador Estrada Escobedo, Jennifer Kristel Parra Salas, Hazel Montejano García, Netzahualcóyotl Ventura Salvador Estrada Escobedo, Jennifer Kristel Parra Salas, Hazel Montejano García, Netzahualcóyotl Ventura Anaya, la la Síndico Síndico de de Hacienda Hacienda Ma Ma de de Jesús Jesús Ramírez Ramírez Castro Castro yy el el Síndico Síndico Procurador Procurador Luis Luis Alberto Alberto Rivera Rivera Anaya, Vargas; así así como como el el Secretario Secretario del del H.
H. Ayuntamiento Ayuntamiento yy Director Director General General de Vargas;
de Gobierno, Gobierno, Licenciado Licenciado Jaime Jaime Gerardo Beltrán Beltrán Martínez.Martínez.- En En consecuencia, consecuencia, de de conformidad conformidad con con lo lo dispuesto dispuesto en en el el artículo artículo 38, 38, fracción fracción II de de Gerardo la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su debido la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su debido cumplimiento yy efectos efectos legales legales conducentes.conducentes.- Aguascalientes, Aguascalientes, Ags., Ags., a a 10
10 de de septiembre Lic. María María cumplimiento septiembre de de 2018.2018.- Lic.
Teresa Jiménez Jiménez Esquivel, Esquivel, Presidente Presidente Municipal Municipal de de Aguascalientes.Aguascalientes.- Rúbrica.Rúbrica.- Lic.
Lic. Jaime Jaime Gerardo Gerardo Beltrán Beltrán Teresa Martínez, Secretario Secretario del del H.
H. Ayuntamiento Ayuntamiento yy Director Director General General de Martínez, de Gobierno, Gobierno, quien quien valida valida con con su su firma firma en en términos del artículo 107
fracción VIII, del Código Municipal de Aguascalientes.Rúbrica.
términos del artículo 107 fracción VIII, del Código Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.

H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 del Código Municipal de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hago saber que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2017-2019, tuvo a bien aprobar las Reglas de Operación del Fondo para Micronegocios del Municipio de Aguascalientes, para quedar como sigue:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PARA MICRONEGOCIOS
DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
1.

OBJETIVO

Las presentes Reglas de Operación regularán los subprogramas dirigidos a la población del Municipio de Aguascalientes, que tienen como objeto el apoyo económico para fortalecer y/o iniciar un negocio, fomentando el autoempleo; otorgando capacitaciones en habilidades empresariales para el manejo adecuado de sus negocios, tales como:
a
BANCA DE LA MUJER: Apoyo para mujeres que quieren emprender un negocio o quieren mejorar las condiciones del negocio que ya establecieron.
b FONDO MI NEGOCIO: Apoyo para hombres que quieren emprender un negocio o quieren mejorar las condiciones del negocio que ya establecieron.
c EMPRENDIMIENTO PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL: Programa que busca proporcionar herramientas administrativas de emprendimiento a personas con discapacidad, así como los que

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/9/2018 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha17/09/2018

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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