Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/2/2018 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Febrero 5 de 2018

PERIÓDICO OFICIAL

Cuarta Sección
Pág. 3

XII. En fecha doce de enero de dos mil dieciocho, el Lic. Jesús Tonatiuh Villaseñor Alvarado, Representante del Partido del Trabajo ante este Consejo General y en su carácter de Comisionado Político Nacional de Asuntos Electorales del Partido del Trabajo en el estado de Aguascalientes, presentó ante la oficialía de partes de este Instituto, un escrito por medio del cual, en vía de alcance, exhibió copias certificadas por el C. Silvano Garay Ulloa, Secretario Técnico de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, y que constan en sesenta y nueve fojas útiles.
XIII. En fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho, el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, emitió los oficios número IEE/P/0197/2018, IEE/P/0198/2018, IEE/P/0199/2018 y IEE/P/0200/2018 por medio de los cuales realizó diversas prevenciones a los representantes ante este Consejo1 de cada uno de los Partidos Políticos que solicitan el registro del convenio de la coalición JUNTOS HAREMOS HISTORIA, respecto de omisiones que se advirtieron en el Convenio de Coalición y demás documentación comprobatoria de los extremos legales requeridos para su registro. Lo anterior a fin de garantizar en su interpretación más favorable y amplia, la garantía de audiencia prevista en el artículo 14
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
XIV. En fecha dieciocho de enero de dos mil dieciocho, los representantes ante este Consejo de cada uno de los Partidos Políticos que solicitan el registro del convenio de la coalición JUNTOS HAREMOS HISTORIA, PROF. MANUEL DE JESÚS BAÑUELOS HERNÁNDEZ, M. EN D. GUILLERMO ESPINOSA DE LOS
MONTEROS REYNOSO Y LIC. JESÚS TONATIUH VILLASEÑOR ALVARADO, presentaron ante la oficialía de partes de este Instituto, tres escritos por medio de los cuales dieron contestación a cada uno de los requerimientos referidos en el resultando inmediato anterior, con el cual pretendían cumplir todas y cada una de las prevenciones que le fueran realizadas.
XV. En fecha veinte de enero de dos mil dieciocho, el Consejero Presidente, comunicó a los integrantes del Consejo General, de la presentación del Convenio de Coalición referido en el resultando XI, a fin de cumplir lo establecido en el artículo 92, párrafo segundo, de la Ley General de Partidos Políticos.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Que conforme a lo establecido en los artículos 17, apartado B segundo y cuarto párrafos, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y 66 párrafo primero del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes, el Instituto Estatal Electoral es un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como profesional en su desempeño; es el organismo encargado de la organización de las elecciones en el Estado; goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones;
sus principios rectores son la certeza, la legalidad, la imparcialidad, la independencia, la máxima publicidad, la definitividad y la objetividad.
SEGUNDO. Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso a, del artículo 104 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es atribución de los Organismos Públicos Locales Electorales aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos, que en ejercicio de la facultad de atracción establezca el Instituto Nacional Electoral; así pues, el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes debe atender a la normativa contenida en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, a fin de cumplir lo mandatado en el referido dispositivo legal.
TERCERO. Que de acuerdo a lo aprobado por este Consejo General en la sesión ordinaria referida en el resultando VII de esta resolución, los Partidos Políticos que pueden participar en el Proceso Electoral 20172018 en Aguascalientes, son:
1. PARTIDO ACCIÓN NACIONAL;
2. PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL;
3. PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA;
4. PARTIDO DEL TRABAJO;
5. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO;
6. MOVIMIENTO CIUDADANO;
7. NUEVA ALIANZA;
8. MORENA; y 9. ENCUENTRO SOCIAL.

1

De conformidad a lo acordado en la cláusula décima quinta del Convenio de Coalición Unidos Haremos Historia, y en la cual se establece que las partes convienen facultar a las representaciones de los partidos integrantes de la coalición ante este Consejo, para que subsanen las observaciones que se adviertan del convenio de coalición así como de los documentos anexos al mismo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/2/2018 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha05/02/2018

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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