Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/10/2017 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Octubre 9 de 2017

PERIÓDICO OFICIAL

Cuarta Sección
Pág. 3

Artículo 2.- Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.

Universidad.- La Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes.
Consejo Directivo.- Al Consejo Directivo de la Universidad.
Ley.- A la Ley de Creación de la Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes.
Rector.- Al Rector de la Universidad previsto en el Artículo 4 fracción II y 10 de la Ley.
Reglamento.- Al presente Reglamento Interior.
Patronato.- Al Patronato de la Universidad previsto en el Artículo 4 fracción III y 14 de la Ley.
Unidades Administrativas y Unidades Académicas.- Las Secretarias, Direcciones, Subdirecciones y Jefaturas de Departamento, así como a todas las demás áreas administrativas y/o académicas pertenecientes a la Universidad.

Artículo 3.- La educación que imparta la Universidad, se sujetará a los principios establecidos en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como lo previsto en los artículos 1 y 2
de la Ley General de Educación, en la normatividad federal y estatal aplicable, así como en lo dispuesto en los planes nacional y estatal de desarrollo.
Artículo 4.- Para cumplir con el objeto para el cual fue creada, así como para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, la Universidad, contará con los siguientes:
I. Órganos de Gobierno, los cuales regirán el funcionamiento de la Universidad:
a Consejo Directivo;
b Rector;
c Patronato II. Unidades Administrativas y Unidades Académicas:
a Contralor Interno, b Secretaría Académica;
c Dirección de Administración y Finanzas;
d Dirección de Vinculación;
e Dirección de Promoción, Comunicación y Extensión Universitaria;
f Dirección de Planeación y Evaluación Institucional;
g Direcciones Académicas;
h Subdirecciones Académicas;
i Subdirección de Servicios Administrativos;
j Subdirección de Asuntos Jurídicos;
k Subdirección de Planeación;
l Subdirección de Difusión y Divulgación;
m Subdirección de Atención al Cliente;
n Subdirección de Relaciones Industriales;
o Subdirección de Evaluación Institucional; y p Jefes de Departamento.
III.- Los Órganos Colegiados que en su caso autorice el Consejo Directivo Los demás servidores públicos adscritos a la estructura administrativa de la Universidad, cualquiera que sea el cargo que ostenten, realizarán las funciones que les correspondan en términos del respectivo Manual de Organización, las demás que se les asigne o encomiende el Rector, el superior jerárquico del cual dependan, en términos del acuerdo de adscripción que se emita, así como las demás que señale la normatividad aplicable, atendiendo a las necesidades del servicio que se requiera y a la suficiencia presupuestal correspondiente.
Artículo 5.- Al frente de cada una de las áreas señaladas en el artículo anterior, habrá un titular que será designado y removido por el Consejo Directivo a propuesta del Rector.
Artículo 6.- Las Unidades Administrativas y Unidades Académicas de la Universidad contarán con el personal operativo y técnico de apoyo de acuerdo a las necesidades del servicio que requieran y que se precisen en el Catálogo de Puestos y Tabulador de Sueldos Mensuales autorizado a esta Universidad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/10/2017 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha09/10/2017

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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