Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/1/2016 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 2

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

GOBIERNO DEL ESTADO
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
AGUASCALIENTES, AGS.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE
EL CUAL SE DESIGNA AL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO GENERAL DEL REFERIDO
INSTITUTO.
Reunidos en Sesión Extraordinaria, en la sede del Instituto Estatal Electoral, los integrantes del Consejo General, previa convocatoria de su Presidente y determinación de quórum legal, con base en los siguientes:
RESULTANDOS:
I. En fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Edición Matutina, en su Primera Sección, el Decretopor el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral;
Decreto de reforma que soporta disposiciones que modifican la estructura, funciones y objetivos del propio Organismo Público Local Electoral.
II. Derivado de la reforma Constitucional en materia política-electoral señalada en el Resultando previo, el día veintiocho de julio de dos mil catorce, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Edición Vespertina, Tomo LXXVII, Núm. 30, el Decreto Número 69 por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes.
III. En fecha dos de marzo de dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tercera Sección, Tomo LXXVIII, Núm. 9, el Decreto Número 152, por el que se aprueba el Código Electoral del Estado de Aguascalientes; señalando en su Artículo Primero Transitorio, que el referido Decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
IV. El día nueve de octubre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó en sesión extraordinaria el acuerdo identificado como INE/CG865/2015,intituladoACUERDO
DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EJERCE
LA FACULTAD DE ATRACCIÓN Y SE APRUEBAN
LOS LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE
LOS CONSEJEROS ELECTORALES DISTRITALES
Y MUNICIPALES, ASÍ COMO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS TITULARES DE LAS ÁREAS EJECUTIVAS DE DIRECCIÓN DE LOS ORGANISMOS
PÚBLICOS LOCALES ELECTORALES, por medio del cual en su punto de acuerdoSegundoaprobó los LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS
CONSEJEROS ELECTORALES DISTRITALES Y
MUNICIPALES, ASÍ COMO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS TITULARES DE LAS ÁREAS EJECUTIVAS Y DE DIRECCIÓN DE LOS ORGANISMOS
PÚBLICOS ELECTORALES LOCALES.

Enero 4 de 2016

V. En fecha trece de octubre de dos mil quince, se recibió en la oficialía de partes de este Instituto el oficio número INE/UTVOPL/4455/2015, de fecha doce de octubre de dos mil quince, firmado por la entonces Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia Castro Ramírez, por medio del cual notificó a este Instituto el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, identificado como INE/CG865/2015, mismo del que se ha hecho referencia en el Resultando previo.
VI. El día dieciocho de noviembre de dos mil quince, los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvieron por unanimidad de votos la Sentencia recaída a los autos del expediente SUP-RAP-749/2015 Y ACUMULADOS, resolviendo en su punto SEGUNDO la confirmación de los LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS
CONSEJEROS ELECTORALES DISTRITALES Y
MUNICIPALES, ASÍ COMO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS TITULARES DE LAS ÁREAS EJECUTIVAS Y DE DIRECCIÓN DE LOS ORGANISMOS
PÚBLICOS ELECTORALES LOCALES.
VII. En fecha nueve de diciembre de dos mil quince, el Consejero Presidente emitió sendos oficios por medio de los cuales notificó a los integrantes del Consejo General los acuerdos por los que se designarían ciertos cargos del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, estableciendo al efecto y en el particular que se pondría a disposición el expediente que se conformó al respecto de la propuesta para la designación del Secretario Ejecutivo del Consejo General.
VIII. En misma fecha del Resultando previo, los Consejeros Electorales de este Instituto realizaron una entrevista al ciudadano propuesto para el cargo de Secretario Ejecutivo del Consejo General, con el fin de considerar la imparcialidad y el profesionalismo del ciudadano propuesto.
C O N S I D E R A N D O S:
PRIMERO. Que conforme a lo establecido en los artículos 116 fracción IV incisos b y c de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17
Apartado B primer párrafo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; y 66 primer párrafo del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, el Instituto Estatal Electoral es un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como profesional en su desempeño; goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones; sus principios rectores son la certeza, la legalidad, la imparcialidad, la independencia, la máxima publicidad, la definitividad y la objetividad.
SEGUNDO.Que el artículo 69 primer y último párrafo del Código Electoral del Estado de Aguascalientes establece como órgano superior de dirección y decisión electoral en el Estado al Consejo General del Instituto Estatal Electoral, el cual estará integrado por un Consejero Presidente y seis Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo y los Representantes de los Partidos Políticos; y que el Instituto además

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/1/2016 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha04/01/2016

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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