Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/12/2021 - Sección 3ra.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Diciembre 29 de 2021

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 60

ARTÍCULO ÚNICO. - Se Expide el Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2022, para quedar de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2022

CAPÍTULO ÚNICO

A

P

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

A

R

Artículo 1. El ejercicio, control presupuestal de las erogaciones y evaluación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, se sujetarán a las disposiciones que se establezcan en éste, así como también a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes, la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, la Ley de Deuda Pública y Disciplina Financiera del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios, la Ley de Asociaciones Público-Privadas y Proyectos de Prestación de Servicios del Estado y Municipios de Aguascalientes, la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, el Plan de Desarrollo del Estado 2016-2022 y la demás normatividad aplicable en la materia.

O

C

S

N

Para el buen desempeño de la administración pública, las personas titulares de las Dependencias, Poderes, Órganos Autónomos y las Entidades, vigilarán según su competencia que se cumplan las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior, las contenidas en este Decreto, las normas que para tal efecto emita el CONAC y demás normas aplicables en la materia y aquellos documentos que emanen del proceso de armonización contable.

LT

Artículo 2. Para efectos de este Decreto se entenderá por:

U

Los Ejecutores de Gasto serán los únicos responsables de ejercer los recursos públicos aprobados en este Decreto, con base en principios de legalidad, honestidad, honradez, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, rendición de cuentas y obtención de resultados, del monitoreo y la evaluación del desempeño de los programas presupuestarios.

I. Adecuaciones Presupuestarias: Las modificaciones a los calendarios presupuestales, así como las ampliaciones y reducciones al Presupuesto de Egresos, que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los Programas Presupuestarios a cargo de los Ejecutores de Gasto.

A

II. Adefas: Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores.

III. Amortización de la deuda y disminución de pasivos: Comprende la amortización que realiza el Gobierno del Estado de Aguascalientes de la deuda adquirida y sobre la disminución de pasivos con el sector privado y público.
IV. Anexo: Documento con información presupuestal complementaria a la contenida en el presente Decreto.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/12/2021 - Sección 3ra.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaísMéxico

Fecha29/12/2021

Nro. de páginas404

Nro. de ediciones471

Primera edición30/10/2000

Ultima edición28/08/2023

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