Periódico Oficial de Aguascalientes del 21/1/2019 - Sección 3ra.

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Enero 21 de 2019

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

A

directo para la creación, expansión o establecimiento de micro, pequeñas, medianas y grandes empresas; o para programas destinados a fomentar, promover e impulsar el desarrollo integral o económico del Estado.

O
IV
H C
R

No serán considerados Proyectos los planes o solicitudes de reestructuras, replanteamientos o modificaciones a los apoyos o financiamientos, sea mediante contratos, convenio u otros actos jurídicos, así como de condonaciones o quitas a los mismos, sin que ello signifique que no tengan que pasar a la aprobación del Comité Técnico o se sujeten a los lineamientos o acuerdos previamente tomado por dicho órgano colegiado para proceder a su realización.
RESUMENES EJECUTIVOS.- Es el documento elaborado por el Secretario Técnico o el Administrador al Comité Técnico, en el mismo deberá de contemplarse la información relevante que contengan los proyectos y que sirva para acordar su aprobación o desaprobación.

REGLAS.- A las presentes Reglas de Operación del Fideicomiso de Inversión y Administración para el Desarrollo Económico del Estado de Aguascalientes.

A

P

Articulo 3.- En la aplicación, contabilización, control y disposición de los bienes muebles e inmuebles de los recursos que integran el patrimonio fideicomitido, destinados para la administración del FIDEICOMISO
serán aplicables en lo conducente en la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, en la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes, en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos correspondiente, al Presupuesto, y demás disposiciones jurídicas aplicables, y por lo que respecta a los que sean destinados a los Fines se sujetarán a lo dispuesto en el propio Contrato de Fideicomiso así como a los acuerdos y lineamientos dispuestos por el Comité Técnico y normas jurídicas aplicables.

R

CAPÍTULO II
De la Consecución del Objeto y Fines del Fideicomiso
A

Artículo 4.- Para efectos de la Cláusula Sexta de Fines del Contrato de Fideicomiso, el Comité Técnico recibirá las solicitudes que le presente el SECRETARIO TÉCNICO o el Administrador, para que en su caso sean aprobados o rechazados por el Comité Técnico.

C

El patrimonio del FIDEICOMISO se destinará para la ejecución y desarrollo de proyectos de la iniciativa privada o del pública generadores de empleos y fomento del desarrollo económico o que atiendan a proyectos estratégicos detonadores del desarrollo integral del Estado de Aguascalientes a través de lo siguiente:
Proyectos detonadores de empleo y coadyuven a su mejoramiento, especialización y profesionalización de la ciudadanía para ser empleada o para el mejor desempeño de sus labores y crecimiento.

II.

Promover o apoyar el desarrollo de actividades productivas mediante el otorgamiento de recursos financieros a proyectos rentables que contribuyan a la generación de empleos y fomento al desarrollo económico en el Estado.

III.

Apoyar financieramente a la consolidación o expansión de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, asociaciones y sociedades que igualmente coadyuven a la generación, mejoramiento, especialización y profesionalización de la ciudadanía para ser empleada o para el mejor desempeño de sus labores y crecimiento.

IV.

Apoyar en la creación de fondos de garantía líquida que faciliten la obtención de financiamiento a la micro, pequeña, mediana y gran empresa, asociaciones y sociedades que igualmente coadyuven a la generación, mejoramiento, especialización y profesionalización de la ciudadanía para ser empleada o para el mejor desempeño de sus labores y crecimiento.

V.

Facilitar el desarrollo de opciones productivas para dar un mayor valor agregado a los proyectos generados por los empresarios.

VI.

Adquirir terrenos y celebrar los actos, contratos e instrumentos necesarios para su enajenación, disposición o administración, conforme a lo aprobado por el Comité Técnico, tendientes a la generación y mejoramiento del empleo, al desarrollo acronímico e integral del Estado.

U

S

N

O

I.

A

LT

VII. Construir naves industriales e infraestructura productiva, en los bienes inmuebles en su patrimonio por medio de las dependencias ejecutoras del Gobierno del Estado, y canalizadas a través de la Secretaría

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 21/1/2019 - Sección 3ra.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaísMéxico

Fecha21/01/2019

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones471

Primera edición30/10/2000

Ultima edición28/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031