Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/3/2023 - Sección 2da.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Marzo 20 de 2023

PERIÓDICO OFICIAL

A

JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
AGUASCALIENTES, AGS.

Segunda Sección
Pág. 61

la Secretaría del Juzgado para que se impongan de su contenido.
Se requiere ala la demandadoa para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se le harán por medio de las Listas de Acuerdos que se publican en los estrados de este Juzgado, lo anterior, con fundamento en el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.
Expediente número 1549/2021.
Aguascalientes, Ags., a 17 de agosto de 2022.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. LILIANA FABIOLA MORENO FLORES.
15 en 15
4210

O
IV
H C
R

EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN

VÍCTOR MANUEL LLAMAS GÓMEZ:
Se le hace saber que Banco del Bajío, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, demanda en la vía especial, la Acción Hipotecaria basada en lo siguiente:
PRESTACIONES

A.- Para que por sentencia firme se declaren vencidos anticipadamente los plazos para el pago del crédito que dio lugar a este juicio y el derecho de mi poderdante de exigir a la parte demandada el reembolso insoluto del capital, intereses ordinarios, intereses moratorios, gastos, costas y demás consecuencias legales, por haberse actualizado la causal de vencimiento anticipado de los plazos de pago convenidos en el contrato base de la acción; siendo narrada dicha causal en los hechos de esta demanda;
y en consecuencia de lo anterior, la procedencia de la ejecución de la garantía hipotecaria, para el caso de que mí contraparte no liquide su adeudo en forma voluntaria durante la tramitación de este juicio.

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
CALVILLO, AGS.

A

P

EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN

R

B.- El pago de la cantidad de $525,829.59
QUINIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS
VEINTINUEVE PESOS 59/100 M.N., por concepto de suerte principal.

A

U

A

LT

Hágasele saber a la parte demandada que deberá de comparecer ante este Juzgado dentro del término de ley que son treinta días contados a partir de la última publicación del presente edicto, a oponer las excepciones que tuviere que hacer valer, quedando las copias de traslado a su disposición en
Testamentaria a Bienes de JOSÉ LUIS REYES
quien también es conocido como JOSÉ LUIS MASCORRO REYES, reuniéndose los supuestos del artículo 774 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, comparece ante mí, ADRIANA
MASCORRO REYES en su calidad de Única y Universal Heredera y como Albacea GERMÁN ARSENIO
MASCORRO REYES, de la Sucesión Testamentaria a Bienes de JOSÉ LUIS REYES quien también es conocido como JOSÉ LUIS MASCORRO REYES, quien optando por la tramitación extrajudicial, viene a exhibir los documentos a que se refiere el artículo 775 del mismo ordenamiento y a manifestar: 1.- Que reconoce sus derechos hereditarios. 2.- Que acepta la herencia. 3.- Que habiendo sido nombrado Albacea GERMÁN ARSENIO MASCORRO REYES en este acto, acepta el cargo y protesta su legal desempeño.
4.- Que procederá a practicar el Inventario y Avalúo de los bienes. Lo anterior se publica para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado. Aguascalientes, Ags., a los 15 días del mes de marzo del año 2023.

S

Fundan la presente demanda, las siguientes consideraciones fácticas y legales:

AVISO NOTARIAL

N

E.-El pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio.

C

D.- El pago de la cantidad que resulte por concepto de intereses moratorios de conformidad con la tasa pactada en la cláusula sexta del contrato base de la acción, a razón del catorce punto novecientos ochenta y cinco por ciento 14.985% anual tasa que se explica en los hechos de la demanda, y los cuales solicito sean regulados en ejecución de sentencia, los que deberán ser calculados a partir del día en que mi contraparte incurrió en mora el primero de agosto de dos mil veinte y hasta que pague totalmente su adeudo, explicándose este periodo en los hechos de esta demanda.

O

C.- El pago de la cantidad que resulte por concepto de intereses ordinarios, de conformidad con la tasa pactada en la cláusula quinta del contrato base de la acción, a razón del nueve punto noventa y nueve por ciento 9.99% anual, sobre el total del adeudo, generados a partir del día primero de julio de dos mil veinte y hasta que mi contraparte pague el total de su adeudo, explicándose este período en los hechos de esta demanda. Los intereses ordinarios deberán ser regulados en ejecución de sentencia.

J. JESÚS DÍAZ LÓPEZ, falleció el 28/abril/2022, siendo sus padres ALBERTO DÍAZ y ATANACIA LÓPEZ DE LOERA. Se convoca a los interesados con derecho a la presente lntestamentaria a fin de que se presenten ante este Juzgado a deducirlo y justificar sus derechos a la herencia y hacer el nombramiento de Albacea, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.
Expediente número 0463/2022.
Calvillo, Ags., a 9 de enero de 2023.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. ELSA MAGALI VÁZQUEZ MÁRQUEZ. 1134

Lic. María Cristina Ochoa Amador, Notaria Pública Número 5.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/3/2023 - Sección 2da.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

PaísMéxico

Fecha20/03/2023

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones866

Primera edición10/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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