Gaceta Oficial de la Rep. de Panamá del 15/10/2019 - Sección B

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Gaceta Oficial de la República de Panamá - Sección B

No. 28882-B

Gaceta Oficial Digital, martes 15 de octubre de 2019

542

Capítulo 97
Objetos de arte o colección y antigedades Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a los sellos estampillas de correo, timbres fiscales, enteros postales, demás artículos ranqueados y análogos, sin obliterar, de la partida 49.07;
b los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos partida 59.07, salvo que puedan clasificarse en la partida 97.06;
c las perlas finas naturales o cultivadas y piedras preciosas o semipreciosas partidas 71.01 a 71.03.
2. En la partida 97.02, se consideran grabados, estampas y litografías originales las pruebas obtenidas directamente en negro o color de una o varias planchas totalmente realizadas a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o materia empleada, excepto por cualquier procedimiento mecánico o fotomecánico.
3. No se clasifican en la partida 97.03 las esculturas que presenten carácter comercial por ejemplo: reproducciones en serie, vaciados, obras de artesanía, aunque hayan sido concebidas o creadas por artistas.
4.
A Salvo lo dispuesto en las Notas 1, 2 y 3, los artículos susceptibles de clasificarse en este Capítulo y en otro de la Nomenclatura, se clasifican en este Capítulo;
B Los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 97.06 y en las partidas 97.01 a 97.05 se clasifican en las partidas 97.01 a 97.05.
5. Los marcos de pinturas, dibujos, colages o cuadros similares, grabados, estampas o litografías se clasifican con ellos cuando sus características y valor están en relación con los de dichas obras.
Los marcos cuyas características o valor no guarden relación con los artículos a los que se refiere esta Nota, seguirán su propio régimen.

CÓDIGO
97.01

9701.10
9701.10.10.00.00
9701.10.20.00.00
9701.90
9701.90.10.00.00
9701.90.20.00.00
9702.00.00.00.00

DESCRIPCIÓN
Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto los dibujos de la partida 49.06 y artículos manufacturados decorados a mano; collages y cuadros similares.


Pinturas y dibujos:
Sin marco, incluso montadas en bastidor Con marco Los demás:
Sin marco Con marco Grabados, estampas y litografías, originales.

DAI

0
10
5 10
10

9703.00.00.00.00

Obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier materia.

10

9704.00.00.00.00

Sellos estampillas de correo, timbres fiscales, marcas postales, sobres primer día, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos, incluso obliterados, excepto los artículos de la partida 49.07.

5

9705.00.00.00.00

Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático.

5

9706.00.00.00.00

Antigedades de más de cien años.

10

%

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de la Rep. de Panamá del 15/10/2019 - Sección B

TítuloGaceta Oficial de la República de Panamá - Sección B

PaísPanamá

Fecha15/10/2019

Nro. de páginas543

Nro. de ediciones417

Primera edición02/09/2019

Ultima edición23/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031