La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 13/12/2021

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 239 Lunes 13 de diciembre del 2021

CONTENIDO
Pág N
PODER LEGISLATIVO
Leyes 2
Proyectos 4
Acuerdos 15
PODER EJECUTIVO
Decretos 16
Acuerdos 16
Resoluciones 18
DOCUMENTOS VARIOS 22
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 81
Avisos 81
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 82
REGLAMENTOS 82
REMATES 97
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 99
RÉGIMEN MUNICIPAL 110
AVISOS 111
NOTIFICACIONES 116
Los Alcances Nº 252 y N 253, a La Gaceta Nº 238;
Año CXLIII, se publicaron el viernes 10 de diciembre del 2021.

PODER LEGISLATIVO
LEYES

10071
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ATRACCIÓN DE INVERSIONES FÍLMlCAS EN COSTA RICA
ARTÍCULO 1-
Declaratoria de interés público Se declara de interés público la atracción de inversiones de la industria fílmica internacional en territorio costarricense, su promoción y la generación de encadenamientos productivos, en los términos de la presente ley.

ARTÍCULO 2-
Objeto de la presente ley La presente ley tiene por objeto promover la inversión y el desarrollo de producciones, coproducciones y actividades fílmicas de carácter internacional en Costa Rica, como fuente de generación económica, encadenamientos productivos, creación de emprendimientos y contratación de talento humano costarricense, incluyendo un impacto significativo en los sectores turístico y comercial, para lo cual se otorgarán los incentivos contenidos en la presente ley.
ARTÍCULO 3-
Actividades fílmicas Las actividades fílmicas consideradas para los beneficios de la presente ley son aquellas propias de la industria del entretenimiento, destinadas a un amplio mercado internacional, tales como las siguientes:
aPelículas de corto, mediano y largo metraje.
bDocumentales, series y novelas.
c Programas de telerrealidad, piezas de mercadeo audiovisual, comerciales y videoclips.
dProgramas seriados o sus capítulos.
eServicios de posproducción.
f Dibujo, animación digital y videojuegos.
Todas las anteriores actividades deberán realizarse total o parcialmente en Costa Rica. Asimismo, cada proyecto fílmico deberá estructurarse y ejecutarse por períodos determinados, cumpliendo con los fines de esta ley y conforme a los demás requisitos que indique el reglamento.
Dichas actividades estarán contenidas en proyectos específicos que se tramitarán ante la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica Procomer. Cada proyecto deberá promover encadenamientos productivos a partir de la contratación de bienes y servicios en los sectores turístico, comercial y/o artístico, entre otros que serán definidos en el reglamento respectivo, cuyas estimaciones serán revisadas por Procomer.
ARTÍCULO 4-
Beneficiarios e incentivos Los beneficiarios serán las personas físicas o jurídicas, no domiciliadas en Costa Rica, de acuerdo con lo definido en la presente ley y de conformidad con el artículo 2 de la Ley 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1988, ya sea en calidad de productores o de coproductores con personas físicas o jurídicas nacionales, que realicen proyectos de inversión fílmica o audiovisual debidamente aprobados por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica Procomer, a los cuales se les otorgarán los siguientes incentivos:
aEstarán exentos del impuesto sobre la renta del trabajo personal dependiente o independiente y de las retenciones por remesas al exterior de personal extranjero por los pagos a los actores, actrices, directores, productores, personal técnico y todos aquellos necesarios para el desarrollo del proyecto, siempre que dichos pagos no sean realizados con fondos de fuente costarricense.

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Priscila Zúñiga Villalobos
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministra de Gobernación y Policía Presidenta Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 13/12/2021

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha13/12/2021

Nro. de páginas128

Nro. de ediciones5378

Primera edición01/01/2003

Ultima edición07/06/2024

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