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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 3/12/2021
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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica
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La Gaceta Nº 233 Viernes 3 de diciembre del 2021
de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-027, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-147 al Licda. Carmen María Valverde Valverde, carnet N 8899, por el impago de 46 cuotas de colegiatura por un monto de 318800 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga a la licenciada el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-028, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-148 al Lic. Rodrigo Umaña Segura, carnet N 8914, por el impago de 97 cuotas de colegiatura por un monto de 564500 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga al licenciado el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-029, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-149 al Licda. Hilda Salas Castro, carnet N 9466, por el impago de 102 cuotas de colegiatura por un monto de 584000 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga a la licenciada el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-030, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-150 al Lic. Juan Carlos Piñar Alvarado, carnet N 9546, por el impago de 94 cuotas de colegiatura por un monto de 552800 colones. Acorde con la Ley supra citada
se le otorga al licenciado el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-031, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-151 al Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, carnet N 9633, por el impago de 76 cuotas de colegiatura por un monto de 473000 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga al licenciado el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 26-21, con el número de acuerdo 2021-26-046, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-203 al Lic. Steve López Elizondo, carnet N 9792, por el impago de 68 cuotas de colegiatura por un monto de 434800 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga al licenciado el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-032, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-152 al Licda. Yazmín Delgado Sánchez, carnet N 10271, por el impago de 106 cuotas de colegiatura por un monto de 599600 colones. Acorde con la Ley supra citada se le otorga a la licenciada el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la abogacía, la cual se mantendrá en el tanto subsistan colegiaturas pendientes de pago y no se cancele el 25% de multa sobre la totalidad de las cuotas adeudadas. Fiscalía-Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 14-21, con el número de acuerdo 2021-14-035, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, realizar la apertura del expediente PAC-2021-155 al Lic. José Roger Arellano Duarte, carnet N 11906, por el impago de 92 cuotas de colegiatura por un