La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 2/12/2021

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 142

La Gaceta Nº 232 Jueves 2 de diciembre del 2021

folios 02f. al 04f. y v. 3 Informe de investigación preliminar caso N 194-2019-IF con código IF-INFIPF-20-2021 y sus anexos del 21 de julio del 2021, elaborado por el funcionario Edwin Segura Bermúdez, investigador del Subproceso Investigaciones de Fraude de la Dirección Protección y Seguridad Institucional, folios 05f. al 72f. 4 Acto de la Dirección Gestión Humana del Instituto Costarricense de Electricidad, de las trece horas del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno, para la conformación y delegación del Órgano Instructor del Procedimiento Administrativo Ordinario Disciplinario, folio 73f.
Todo lo anterior de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública.
VII.Se hace saber al funcionario Cristian Hernández Corrales, que la documentación habida en el expediente administrativo indicado puede ser consultada y fotocopiada en la Secretaría del Órgano Director -en la dirección anteriormente descritaen días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 6 de la Ley General de Control Interno y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Instituto Costarricense de Electricidad y las partes, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que se consigne en este expediente.
VIII.Se indica que con la finalidad de racionalizar el uso de servicios de fotocopiado y el gasto de papel, el Órgano Director mantendrá en custodia una copia digital escaneada y actualizada del expediente. Para acceder a una reproducción total o parcial del expediente disciplinario, según sean los intereses del funcionario investigado o su patrocinio letrado, se deberá aportar un medio magnético grabable y en buen estado disco compacto, disco duro extraíble o un dispositivo de memoria USB
de buena capacidad -memoria flash o llave maya.
IX.Con el fin de realizar una comparecencia oral y privada ante la Administración, con la eventual presencia de representantes del Comité Mixto de Relaciones Laborales y la División Jurídica Institucional, se cita al funcionario Cristian Hernández Corrales, para que a las ocho horas del veinte de octubre dos mil veintiuno, en la que deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. Dicha audiencia se llevará a cabo en la sede provisional del Órgano Director, ubicada en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, Edificio DIPOA, frente al Hotel Palma Real, sala de reuniones 1, piso 4
de ese edificio. En esa diligencia se admitirá y recibirá toda prueba ofrecida por las partes, se analizarán los documentos que ya obran en el expediente y los alegatos de las partes que fuesen pertinentes; quedando apercibido al funcionario Cristian Hernández Corrales, que, si no compareciere a la hora y fecha señalada, sin que mediare justa causa para ello, se evacuará la prueba sin su presencia, continuándose el desarrollo del procedimiento y el caso se resolverá con los elementos de juicio existentes. De igual forma se le hace saber a las partes que por adaptación de los procedimientos disciplinarios a los nuevos avances tecnológicos, el acto procesal de comparecencia se grabará en soporte digital, acta a la cual podrán tener acceso los funcionarios por medio de copia que en un dispositivo de respaldo digital CD o DVD le proporcionará el Órgano Director al final de la comparecencia.
X.Se advierte que, para la realización de la comparecencia de manera presencial, las partes, con base a las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud para combatir la
enfermedad del COVID19, están en el deber de informar si tienen factores de riesgo que les impidan participar en la mencionada diligencia, a fin de poder gestionar las acciones correspondientes para garantizar su salud y la de los demás participantes.
Adicionalmente se informa que, en aras de garantizar la salud y seguridad de los trabajadores de la Institución y demás personas intervinientes, dicha diligencia procesal se llevará a cabo con estricto cumplimiento de los protocolos preventivos y lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud y por el ICE Protocolo para el desarrollo de las operaciones de las Empresas del grupo ICE, en el marco de la emergencia por el COVID19, para evitar la propagación del COVID 19, por lo que una vez que ingresen a las instalaciones ICE, se les solicitará mantener el distanciamiento de 1,8 metros, hacer uso de los suministros básicos de aseo personal antes y durante su participación en la comparecencia alcohol en gel o líquido y mascarilla y atender los protocolos de lavado, enjuague y secado de manos. Finalmente, se les solicita tomar en consideración que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N 42603-S, publicado en el Alcance 236
en La Gaceta N 224 del 07 de setiembre del 2020, el uso de mascarilla sin válvulas de exhalación es obligatorio en lugares cerrados y que la careta o protector facial como equipo de protección personal, únicamente se puede utilizar en adición a la mascarilla.
XI.De acuerdo con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se le indica al funcionario Cristian Hernández Corrales que la presente resolución tiene los Recursos de Revocatoria y Apelación ante este Órgano Director a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico para su correspondiente resolución. Es potestativo emplear uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto transcurridas las veinticuatro 24 horas siguientes a la notificación de este acto.
XII.Se le previene al funcionario Cristian Hernández Corrales que en el acto de ser notificada o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar un medio para atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hiciere, toda resolución posterior que se dicte dentro de este expediente se tendrá por notificada dentro de las veinticuatro 24 horas siguientes a su dictado. Para estos fines podrán señalar una dirección única de correo electrónico o un número de fax o ambos medios de forma simultánea, en cuyo caso deberá indicar en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como medio principal. En caso de omisión el Órgano Director tendrá como medio principal el correo electrónico indicado. Para la recepción de las comunicaciones se habilita la dirección de correo electrónico LValverdeS@ice.go.cr designada a la Presidenta del Órgano Director. Se advierte que para efectos de admisión, trámite y resolución de las diversas peticiones o recursos que se gestionen a través del empleo del correo electrónico o fax, es requisito indispensable presentar el documento físico u original dentro de los siguientes tres días hábiles a la fecha de transmisión; en cuyo caso la presentación se tendrá como realizada en el momento de recibida la primera comunicación, de conformidad con el numeral 6 bis de la Ley de Reorganización del Poder Judicial.
XIII.Se ordena notificar la presente resolución de apertura por medio de publicación en el Diario Oficial en los términos de los artículos 240.1, 241, 242, 245 y 246 de la Ley General de la Administración Pública, toda vez que este Órgano ha intentado notificar personalmente al accionado Hernández Corrales en diecisiete ocasiones previas, según los folios 081 al 084 de este expediente administrativo E-052-2021. Notifíquese.Órgano Director.Licda. Lorena Valverde Sibaja, Presidenta.
Lic. Wilson Vega Elizondo, Secretario. IN2021605232 .

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 2/12/2021

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha02/12/2021

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones5378

Primera edición01/01/2003

Ultima edición07/06/2024

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