La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 9/11/2021

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 96

La Gaceta Nº 216 Martes 9 de noviembre del 2021

fEl cuestionamiento de aspectos interlocutorios suscitados durante la tramitación del proceso serán resueltos en Primera instancia por el Órgano Director, y en Segunda Instancia por la Jefatura de la SAGAL, Sin embargo, dado que la resolución final será emitida por la por la Jefatura de la SAGAL, a efecto de recurrir la misma será en primera instancia ante dicha Jefatura y en Segunda Instancia, por la Dirección de la DAI.
gDeberá señalar, dentro de un término de tres días contados a partir de la notificación de la presente resolución, medio fax o correo electrónico donde atender futuras notificaciones, de no hacerlo, o si el medio señalado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado en lo sucesivo de forma automática con el sólo transcurso de veinticuatro horas, de conformidad con el artículo 121 inciso j de la Normativa de Relaciones Laborales de la Institución. Además, deberá considerar por parte de quien ofrece como medio para notificaciones una cuenta de correo electrónico, la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada, así como, cualquier imposibilidad con la entrega final es responsabilidad del interesado.
hCualquier escrito o gestión que presente, deberá hacerlo en la Oficina de la DAI siendo esta la Sede del Órgano Director; ubicada en San José Centro, en el Edificio Lic. Jenaro Valverde Marín, Piso 15, sito contiguo al Edificio de Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, Avenida Cuarta, entre Calles Cinco y Siete, dentro del horario comprendido de Lunes a Jueves de las 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y Viernes de 7:00
a.m. hasta las 3:00 p.m. Una vez rendido el Informe de conclusiones por parte del Órgano Director, cualquier escrito o gestión deberá de presentarse ante la instancia correspondiente.
iSe le hace saber que este procedimiento tiene por finalidad establecer la posible responsabilidad de la investigada, y de resultar así, se le aplicará la sanción que corresponda, según lo estipulado por el artículo 79 del Reglamento Interior de Trabajo de la Caja Costarricense de Seguro Social, el cual literalmente indica: Las faltas en que incurran los trabajadores serán sancionadas con las siguientes medidas disciplinarias: a. Amonestación verbal; b. Amonestación escrita; c. Suspensión del trabajador sin goce de salario; d. Despido. -La cursiva no corresponde-.
j Finalmente, se le hace saber a la investigada que la foliatura que corresponde al Expediente del presente Procedimiento Administrativo es la numeración consignada en el margen superior derecho y no tiene tachaduras.
kSe le hace saber a la persona investigada que desde este momento y hasta el inicio de la comparecencia tiene el derecho de solicitar voluntariamente la aplicación de las Medidas Alternas al Procedimientos Administrativo, según acuerdo adoptado por la Junta Directiva en el Artículo 30 de la Sesión 8878 celebrada el 8 de diciembre de 2016, regulándose dichos mecanismos por medio de los artículos 115 bis, 121 bis, 121 ter, 122 bis, 122 ter, 122 cuar de la Normativa de Relaciones Laborales.
Convocatoria a la comparecencia oral y privada Se convoca a la celebración de la comparecencia oral y privada, al Señor Guillermo Enrique Batista Jiménez, prevista en el Artículo 309, siguientes y concordantes de La Ley General de la Administración Pública, para tal fin se señalan las ocho
horas 08:00 am del 26 de noviembre del 2021. Dicha comparecencia se llevará a cabo en la Sala de reuniones, sita en el piso 15 del Edificio Lic. Jenaro Valverde Marín, ubicado en San José, Avenida Cuarta, entre Calles Cinco y Siete.
Finalmente, se recuerda al investigado los derechos que le asisten de conformidad con lo indicado en esta resolución inicial de traslado de cargos, siendo que, de conformidad con lo que al respecto se indica en los artículos 131 de Normativa de Relaciones Laborales y 317 de la Ley General de la Administración Pública, tendrá la posibilidad de emitir conclusiones una vez se dé por concluida la comparecencia señalada para este asunto.
En la medida de lo posible la Comparecencia Oral y Privada será grabada, de tener interés de que se le haga entrega de un respaldo digital de lo actuado, deberá aportar dispositivo de almacenamiento CD, DVD, llave maya, disco externo, para el archivo correspondiente. Notifíquese.Licda. Hazel Calvo Quesada, Órgano Director. IN2021599337 .
2 v. 1.
SUCURSAL DE NICOYA
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono Dixon Group Services LLC, número patronal 2-3012699192-001-001, el Servicio de Inspección de la Sucursal de Nicoya, notifica Traslado de Cargos 1413-202101363 por planilla adicional, por un monto de 280,887.00
en cuotas obrero patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Guanacaste, Nicoya, Nicoya, frente al Servicentro Nicoya. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 02 de noviembre del 2021.Lic. Roberth Chavarría Ruiz, Administrador a. í.1 vez. IN2021598965 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono Copal del Sur Sociedad Anónima, número patronal 203101074714-001-001, el Servicio de Inspección de la Sucursal de Nicoya, notifica Traslado de Cargos 1413-202102146 por planilla adicional, por un monto de 9.300.925,00
en cuotas obrero patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Guanacaste, Nicoya, Nicoya, frente al Servicentro, Gasolinera JSM. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Nicoya Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 02 de noviembre del 2021.Lic. Roberth Chavarría Ruiz, Administrador de la Sucursal de Nicoya.1 vez. IN2021599538 .

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 9/11/2021

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha09/11/2021

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones5371

Primera edición01/01/2003

Ultima edición29/05/2024

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