La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 10/4/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 76 Vienes 10 de abril del 2020
ORTIZ ORTIZ ya habría examinado el alcance del actual artículo 142 LGAP durante la discusión del entonces proyecto de Ley. Al respecto, conviene señalar lo discutido en el Acta IV 100 del expediente legislativo N A23E5452:
Aquí se establece otra regla que podrá producir efecto a favor del administrado en las condiciones que se indican que son, primera:
Que desde la fecha señalada para la iniciación de la eficacia del acto, para la iniciación de los efectos del acto, existan los supuestos de hecho, en realidad esta expresión podría llamarse motivos para su adopción que motiven que el acto se hubiese adoptado desde entonces. Yo podría decir que se puede simplificar eso. Que diga: Para que produzca efecto hacia el pasado a favor del administrado se requerirá que desde la fecha señalada existan los motivos necesarios para su adopción y que la retroacción no lesione derechos o intereses de terceros de buena fe.
Debe insistirse, que en el caso de los actos administrativos que establezcan y confieren únicamente derechos o que sean favorables a los administrados, existe disposición legal expresa que permite otorgarle ciertos y limitados efectos retroactivos. Esto siempre a condición de que a la fecha señalada para que el acto produzca efectos, ya existieren los motivos que justificaran la adopción del acto y en el caso que nos ocupa, existen motivos suficientes como lo es la emergencia de salud que se vive mundialmente y por el cierre de fronteras decretado por el Gobierno de Costa Rica a raíz del Coronavirus Covid-19, para autorizar a la empresa Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima COPA, la autorización de la suspensión de las rutas supra indicadas.
Por su parte, en consulta realizada a la Caja Costarricense de Seguro Social, el día 30 de marzo de 2020, se verificó que la empresa Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima COPA, cédula de persona jurídica número 3-012-009765, se encuentra al día con el pago de sus obligaciones obrero-patronales, así como con FODESAF, IMAS e INA.
Asimismo, de conformidad con la Constancia de NO Saldo número 084-2020 de fecha 18 de marzo de 2020, emitida por la Unidad de Recursos Financieros de la Dirección General de Aviación Civil, se hace constar que la empresa Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima COPA, cédula de persona jurídica 3-012009765, se encuentra AL DÍA con sus obligaciones. Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
1ºDe conformidad con el artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil y oficio número DGAC-DSO-TA-INF-054-2020 de fecha 25 de marzo de 2020, emitido por la Unidad de Transporte Aéreo, autorizar a la empresa Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima COPA, cédula de persona jurídica número 3-012-009765, representada por el señor Roberto Esquivel Cerdas, suspender temporalmente las operaciones en virtud del estado de emergencia declarado en el país y en vista de las disposiciones y órdenes precautorias expedidas por los distintos países en las rutas que se indican, todas a partir del 23 de marzo de 2020 y hasta el 21
de abril de 2020
Panamá, Ciudad de Panamá-San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua y v.v., Panamá, Ciudad de Panamá-San José, Costa Rica-Tegucigalpa, Honduras y v.v., Panamá, Ciudad de Panamá-San José, Costa Rica, Guatemala, Ciudad de Guatemala y v.v.
Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica y v.v.
Ciudad de Panamá, Panamá-Liberia, Costa Rica y v.v.
2ºSolicitar a la empresa Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima COPA que de previo a reiniciar la operación en las rutas señaladas, deberá presentar al Consejo Técnico de Aviación Civil, con la debida antelación, el itinerario respectivo, según la normativa y directrices vigentes.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo octavo de la sesión ordinaria Nº 24-2020, celebrada el día 01 de abril de 2020.
Olman Elizondo Morales, Presidente.1 vez.O. C. Nº 2740.Solicitud Nº 040-2020. IN2020450535 .

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El Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración, comunica a los sectores interesados, que dentro de los siguientes diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso, se pueden presentar a exponer sus comentarios por escrito al Consejo Técnico de Aviación Civil, en relación con el proyecto denominado:
reforma al Decreto Ejecutivo número 29408-MOPT-MSP Reglamento de constitución de zonas de protección y seguridad de acceso restringido y controlado del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. El mismo podrá ser consultado en la página web www.dgac.go.cr.San José, 30
de marzo de 2020.Álvaro Vargas Segura, Director General.
1 vez.O. C. Nº 2740.Solicitud Nº 044-2020. IN2020450522.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DE LA ANEXIÓN, UP: 2503
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN Y
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.
Informa: A todos los potenciales oferentes que está disponible la I modificación LICITACIÓN ABREVIADA: 2020LA-000003-2503
Suministro de Gases Medicinales Se comunica a los interesados en participar que se modifica el cartel administrativo-legal y especificaciones técnicas.
Se mantiene la fecha máxima de recepción de ofertas para el día 20 de abril de 2020, a las 10:00 horas.
Ver detalles en http www.ccss.sa.cr/licitaciones Licda. Yorleny Zúñiga Ramírez, Coordinadora.1 vez.
IN2020450703 .

LICITACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL-HEREDIA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2020LN-000004-2208
MODALIDAD CONSIGNACIÓN
Por reactivos para realizar pruebas especializadas química clínica en forma automatizada La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente licitación, que se recibirán ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 18 de mayo del 2020.
Las especificaciones técnicas exclusivas para este concurso se encuentran a disposición en la Subárea de Contratación Administrativa de este nosocomio y en el sitio web de la CCSS en el link https www.ccss.sa.cr/licitaciones, unidad programática 2208.
Heredia, 6 de abril del 2020.Msc. Óscar Montero Sánchez.
1 vez. IN2020450705 .

ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
CONCURSO N 2020LN-000002-2101
Mantenimiento Preventivo y Correctivo Sistema Basura STB Extracción Aire Acondicionado y Suministro de Repuestos Y Accesorios La Subárea de Contratación Administrativa comunica a los interesados en el Concurso N 2020LN-000002-2101, por concepto de mantenimiento preventivo y correctivo Sistema Basura STB
extracción aire acondicionado y suministro de repuestos y accesorios que la Dirección Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 10/4/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha10/04/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5374

Primera edición01/01/2003

Ultima edición03/06/2024

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