La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 13/12/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 238 Viernes 13 de diciembre del 2019

CONTENIDO
Pág N

PODER EJECUTIVO

Decretos 2
Acuerdos 5
DOCUMENTOS VARIOS 7
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 28
Avisos 29
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 30
REGLAMENTOS 31
REMATES 33
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 33
RÉGIMEN MUNICIPAL 35
AVISOS 35
NOTIFICACIONES 61
FE DE ERRATAS 64

PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N 42068-MEP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 77, 81, 140 incisos 8, y 18, 146 de la Constitución Política, los principios, objetivos y fines establecidos para la educación costarricense en la Ley Fundamental de Educación, Ley N 2160 del 25 de setiembre de 1957, el artículo 346 del Código de Educación, Ley N 181 del 18 de agosto de 1944, los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Ley N 3481 del 13 de enero de 1965, y los artículos 25 inciso 1, 27 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b, de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada mediante Ley N 7184 del 18 de julio de 1990; los artículos 2 y 5 de la Ley de Eliminación de la Discriminación Racial en los Programas Educativos y los Medios de Comunicación Colectiva N
7711 del 22 de octubre de 1997; los artículos 4, 56, 58 y 60 del Código de la Niñez y la Adolescencia N 7739 del 06 de enero de 1998; y la Ley N 9526, del 26 de abril de 2018, para declarar agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica, y;
Considerando:
I.Que el Decreto Ejecutivo N 32338 de fecha 27 de abril del año 2005, creó la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses, instancia a cargo de la asesoría y promoción en materia de historia, aportes culturales, artísticos, educativos y económicos de las poblaciones afrocostarricenses.

II.Que mediante Decreto Ejecutivo N 38835 de fecha 20 de enero del año 2015, se crea la figura y procedimiento de selección del Comisionado de la Presidencia de la República para Afrodescendientes y Representante Especial del Estado para África y Asuntos de la Afrodescendencia.
III.Que el Decreto Ejecutivo N 38835 indica que el nombramiento del Comisionado responde al objetivo fundamental del Gobierno de la República de mantener y fortalecer las políticas gubernamentales destinadas a estudiar, conservar, promover y divulgar la importancia e influencia de la cultura afrodescendiente en la construcción de la historia nacional costarricense. A su vez corresponde al Comisionado la coordinación con las instituciones públicas u otros organismos las actividades relacionadas con esa comunidad, además de las actividades nacionales e internacionales que se enmarquen dentro del Decenio Internacional de los afrodescendientes.
IV.Que el Ministerio de Educación Pública mediante Decreto Ejecutivo N 41460-MEP de fecha 26 de octubre de 2018, procedió a reformar el Decreto Ejecutivo N 32338 antes citado, procediendo a actualizar las funciones, conformación, sesiones y quórum de la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses.
V.Que en adición a la reforma presente en el Decreto Ejecutivo N 41460-MEP, el Poder Ejecutivo ha determinado la necesidad de incorporar a la figura del Comisionado de la Presidencia de la República para Afrodescendientes como miembro permanente de la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses creada mediante el Decreto Ejecutivo N
32338 del 27 de abril de 2005.
VI.Que de conformidad con el artículo 12 del Decreto Ejecutivo N 37045-MP-MEIC de fecha 22 de febrero de 2012, Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, adicionado por el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo N 38898-MP-MEIC de fecha 20 de noviembre de 2014, y en virtud de que este instrumento jurídico no contiene trámites, requisitos ni obligaciones que perjudiquen al administrado, se exonera este reglamento del trámite de la evaluación costo-beneficio de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Por tanto, Decretan:
ADICIÓN DE UN INCISO H AL ARTÍCULO N 2
DEL DECRETO EJECUTIVO N 32338, CREA COMISIÓN
NACIONAL DE ESTUDIOS AFROCOSTARRICENSES
Artículo 1ºAdiciónese un inciso h al artículo N 2 del Decreto Ejecutivo N 32338 del 27 de abril de 2005, Crea Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses, publicado en La Gaceta N 89 del 10 de mayo de 2005, el cual se leerá de la siguiente manera:
Artículo 2ºDicha Comisión estará integrada de la siguiente manera:

hEl la Comisionado a Presidencial para Asuntos de la Afrodescendencia.
Artículo 2ºVigencia.El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.San José, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
CARLOS ALVARADO QUESADA.La Ministra de Educación Pública, Guiselle Cruz Maduro.1 vez.O.C. Nº 4600029531.
Solicitud Nº DAJ-1291-19. D42068 - IN2019413742 .

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Carlos Andrés Torres Salas
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministro de Gobernación y Policía Presidente Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 13/12/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha13/12/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones5370

Primera edición01/01/2003

Ultima edición28/05/2024

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