La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/11/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 106

La Gaceta Nº 217 Jueves 14 de noviembre del 2019

salariales, por un monto de 2.620.152,00 en cuotas obreropatronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 11 de octubre de 2019.
Octaviano Barquero Chacón, Jefe.1 vez. IN2019404585 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del Trabajador independiente Sigifredo Antonio Vargas Aguilar, Número identificación 0-00106410985-999-001, la Subárea de Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 1236-2019-02084, por eventuales omisiones de ingresos, por un monto de 2.051.873,00
cuotas obreras. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 22 de octubre del 2019.Licda.
Mayela Azofeifa Castro, Jefe.1 vez. IN2019404586 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Tom Tom S.A., número patronal 2-03101427915-001-001, la Subárea Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 12362019-01658 por eventuales omisiones salariales por un monto de 493.563.00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.San José, 05 de noviembre 2019.Mayela Azofeifa Castro, Jefa.1 vez. IN2019404587 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del trabajador independiente Esteban Vallejo Ramírez, número afiliado 0-00113290804-999-001, la Subárea de Servicios Diversos notifica Traslado de Cargos 1237-2019-02225 por eventuales omisiones de ingresos, por un monto de 2.384.724,00 en cuotas obreras.
Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 10 de octubre de 2019.
Octaviano Barquero Chacón, Jefe.1 vez. IN2019404588 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual de la trabajadora independiente Vargas Gurdian Floria, número afiliado 0-103970103-999-001, la Subárea de Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 1236-2019-02013, por eventuales omisiones por un monto de 2.417.012,00 cuotas obreras. Consulta expediente
en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10
días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 31 de octubre de 2019.Mayela Azofeifa C, Jefe.1 vez. IN2019404589 .
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono V-Net Comunicaciones S. A., número patronal 2-3101670939-001-001, la Subárea de Servicios Diversos notifica Traslado de Cargos 1237-2019-02227 por eventuales omisiones salariales, por un monto de 5.070.470,00 en cuotas obreropatronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.San José, 11 de octubre de 2019.
Octaviano Barquero Chacón, Jefe.1 vez. IN2019404590 .

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
JUNTA DIRECTIVA GENERAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo N 11 de la sesión N 15-18/19-G.O. del 05 de marzo de 2019, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo N 31 Sesión N 20-18/19-G.E., debido a que según oficio TH-188-2019 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Prefabricadas CR Central del Block PCB S.R.L. CC-08509, en el expediente disciplinario N 4511-2017. La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N
10-18/19-G.O. de fecha 12 de febrero de 2019, acordó lo siguiente:
AcuerdoN31:SeconoceinformefinalINFIN-041-2019/4511-2017
remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N 4511-2017 de denuncia interpuesta por la Sra. Lorena Araya Alfaro en contra de Prefabricadas CR Central del Block PCB S.R.L.
CC-08509.

Por lo tanto se acuerda: Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una sanción de dieciocho meses de suspensión a la empresa Prefabricadas CR Central del Block PCB
S.R.L. CC-08509, en el expediente N 4511-2017, al tenerse por demostrado que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en sus artículos 2, 3, 18 y 19, conforme a las sanciones establecidas en los artículos 26, 31 y 45, y en concordancia con el artículo 25 del citado Código. Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública. Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los Tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/11/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha14/11/2019

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones5359

Primera edición01/01/2003

Ultima edición13/05/2024

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