Diario Oficial de la Unión Europea del 15/9/2020 - Sección Legislación
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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación
L 301/2
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
15.9.2020
Artículo 2
La información arancelaria vinculante que no se ajuste al presente Reglamento podrá seguir siendo invocada durante un período de tres meses a partir de la entrada en vigor del mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 34, apartado 9, del Reglamento UE n.o 952/2013.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 9 de septiembre de 2020.
Por la Comisión En nombre de la Presidenta, Gerassimos THOMAS
Director General Dirección General de Fiscalidad y UniónAduanera