Diario Oficial de la Unión Europea del 4/2/1986 - Comunicaciones e Informaciones

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

NC24/2

Diario Oficial de las Comunidades Europeas
4.2.86

Comunicación de la Comisión con arreglo al apartado 9 del artículo 9 del Reglamento CEE
n 3420/83 del Consejo, de 14 de noviembre de 1983
86/C 24/02
Con arreglo al apartado 1 del artículo 9 del Reglamento CEE n 3420/83 del Consejo, de de noviembre de 1983, relativo a los regímenes de importación de los productos originarios países de comercio de Estado, no liberalizados a nivel de la Comunidad , la Comisión decidido, con efecto a partir del 20 de enero de 1986, la modificación siguiente al régimen importación aplicado en Italia respecto de Hungría:

14
de ha de
apertura, a título excepcional, para 1986, de un contingente suplementario de 300 toneladas para la importación de vidrios llamados de horticultura AAC ex 70.05.

Con arreglo al apartado 1 del artículo 9 del Reglamento CEE n 3420/83 del Consejo, de de noviembre de 1983, relativo a los regímenes de importación de los productos originarios países de comercio de Estado, no liberalizados a nivel de la Comunidad , la Comisión decidido, con efecto a partir del 28 de enero de 1986, la modificación siguiente al régimen importación aplicado en Irlanda respecto de Rumania:

14
de ha de
apertura, para 1986, de un contingente de 90 toneladas para la importación de vajilla y artículos de uso doméstico de porcelana o de otras materias cerámicas AAC ex 69.11 y ex 69.12.

Con arreglo al apartado 1 del artículo 9 del Reglamento CEE n 3420/83 del Consejo, de de noviembre de 1983, relativo a los regímenes de importación de los productos originarios países de comercio de Estado no liberalizados a nivel de la Comunidad , la Comisión decidido, con efecto a partir del 29 de enero de 1986, la modificación siguiente al régimen importación aplicado en Italia respecto de la Unión Soviética:

14
de ha de
apertura, a título excepcional, para 1986, de un contingente de 1 000 toneladas para la importación de desperdicios de aluminio en bruto, aleado, vueltos a fundir en forma de lingotes, y de aluminio en bruto sin alear AAC 76.01 ex A.

O DO n L 346 de 8. 12. 1983, p. 6.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 4/2/1986 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha04/02/1986

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones10029

Primera edición03/01/1986

Ultima edición15/03/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 1986>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
232425262728