Diario Oficial de la Unión Europea del 3/1/1986 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

N C 1 /2

Diario Oficial de las Comunidades Europeas
3.1.86

C O M U N I C A C I Ó N DE LA COMISIÓN RELATIVA A LA C O N C E S I Ó N DE UNA
AYUDA FINANCIERA A PROYECTOS DE DESARROLLO T E C N O L Ó G I C O EN EL
SECTOR DE LOS HIDROCARBUROS
Reglamento CEE n 3639/85 del Consejo de 20 de diciembre de 1985; Boletín Oficial n L 350
de 27 de diciembre de 1985
86/C 1/02
Invitación a la presentación de proyectos 1. El Reglamento CEE n 3639/85, relativo a un programa de ayuda al desarrollo tecnológico en el sector de los hidrocarburos, prevé que la Comunidad acuerde una ayuda financiera reembolsable en caso de explotación comercial de los resultados
para la realización de los proyectos comunitarios referentes a actividades de exploración, explotación, almacenamiento o transporte en el campo de los hidrocarburos que satisfagan las condiciones siguientes:

Métodos y equipos que permitan conocer y seguir la evolución del yacimiento durante la explotación, y mejorar la recuperación.
Métodos que aseguren el mejor control de la circulación de los fluidos del yacimiento así como de los fluidos inyectados.
Perfeccionamiento de las operaciones de producción: equipo de pozos, transporte del efluente, equipo de tratamiento, fundaciones y estructuras, medios de intervención submarina.

Desarrollar técnicas, procedimientos o productos de carácter innovador o emplear en una nueva aplicación técnicas, procedimientos o productos cuya fase de investigación haya terminado.

Fiabilidad de los materiales y equipos.

Ofrecer perspectivas de viabilidad industrial, económica y comercial.

Sistemas para la puesta en producción de campos marginales.

Presentar dificultades de financiación debidas a riesgos técnicos y comerciales tales que impidan su realización sin una ayuda financiera comunitaria.

Sistemas automáticos de producción.

La Comisión de las Comunidades Europeas invita a los interesados a someterle a más tardar el 3 de abril de 1986 las peticiones de ayuda para proyectos comunitarios que pudieran ser tomados en consideración según el reglamento antes citado durante el ejercicio presupuestario de 1986.

Control de integridad y sistemas de gestión y de planificación del mantenimiento.

Estas prioridades no excluyen la ayuda a proyectos que contribuyan de manera significativa a la materialización de dichos objetivos pero que conciernan a otros campos técnicos comprendidos en el Reglamento.
4. Junto a las condiciones indicadas en los anteriores puntos 1 y 2, se dará preferencia a los proyectos que reúnan las características siguientes:

3. En la selección tendrán prioridad los proyectos que, en el marco de las condiciones indicadas en el precedente punto 1, tiendan a disminuir los costos, aumentar la seguridad e incrementar la eficacia de las operaciones en el ámbito de las técnicas siguientes:

a Proyectos que consideren la asociación de por lo menos dos empresas independientes establecidas en diferentes Estados miembros, siempre que se pueda probar que cada una de ellas aporta una contribución efectiva y significativa a la realización del proyecto.

Técnicas de estudio de los yacimientos con el fin de mejorar la exploración, producción y aplicación de los métodos de recuperación asistida.

b Proyectos presentados por pequeñas o medianas empresas, sea individualmente o conforme a las condiciones del anterior punto a.

Métodos integrados para la exploración de zonas geológicas complejas.

5. Toda petición de ayuda deberá incluir obligatoriamente:

Obtención de datos durante la perforación y estudio de los fenómenos de fondo de los pozos.

I. Una descripción detallada del proyecto que se espera realizar, y especialmente:

Sistemas integrados para las operaciones de perforación.

a Una visión general de las técnicas existentes en el campo vinculado al proyecto.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 3/1/1986 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha03/01/1986

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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