Diario Oficial de la Federación del 24/12/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Viernes 24 de diciembre de 2021

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO por el que se aprueba el Programa de Cooperación Internacional para el Desarrollo 2021-2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 25 y 26 de la propia Constitución; 9o., 22, 26, 28, 29 párrafo primero y 32 de la Ley de Planeación; 9o., 27, 28, 29, 30, 30 Bis, 31, 32, 32 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 41 Bis y 42, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 22 a 25 de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y CONSIDERANDO
Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la propia Constitución;
Que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé las bases para que el Estado organice el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. Los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución determinarán los objetivos de la planeación;
Que en cumplimiento al artículo 21 de la Ley de Planeación, en relación con el Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018, el Ejecutivo Federal a mi cargo, envió el 30 de abril de 2019 a la Cámara de Diputados para su aprobación, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024;
Que la Cámara de Diputados verificó la congruencia entre el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que el 27 de junio de 2019 ese Órgano Legislativo aprobó el referido Plan, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece los siguientes Ejes Generales: I. Política y Gobierno, II. Política Social y III. Economía; para lograr su cumplimiento, el propio Plan prevé como principios rectores: Honradez y honestidad; No al gobierno rico con pueblo pobre; Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie; Economía para el bienestar; El mercado no sustituye al Estado; Por el bien de todos, primero los pobres; No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera; No puede haber paz sin justicia;
El respeto al derecho ajeno es la paz; No más migración por hambre o por violencia; Democracia significa el poder del pueblo, y Ética, libertad, confianza;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su Eje General I, incorpora la sección Política exterior:
recuperación de los principios, en la cual señala entre otras cuestiones, que la política exterior es una de las prioridades de la presente administración, y ejecutivo federal ofrece cooperación, amistad y respeto a todos los países del mundo, y conducir la política exterior con base en los principios de la autodeterminación de los pueblos; de la no intervención; de la solución pacífica de controversias; de la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; de la igualdad jurídica de los Estados; de la cooperación internacional para el desarrollo; del respeto, de la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales, resulta fundamental para recuperar la tradición diplomática del Estado Mexicano;
Que la promoción cultural, económica y turística en el exterior, son claves para el desarrollo de México, en coordinación con las Representaciones de México en el Exterior;
Que la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo tiene por objeto dotar al Poder Ejecutivo Federal de los instrumentos necesarios para la programación, promoción, concertación, fomento, coordinación, ejecución, cuantificación, evaluación y fiscalización de acciones y Programas de Cooperación Internacional para el desarrollo entre los Estados Unidos Mexicanos y los gobiernos de otros países así como con organismos internacionales, para la transferencia, recepción e intercambio de recursos, bienes, conocimientos y experiencias educativas, culturales, técnicas, científicas, económicas y financieras para promover el desarrollo humano sustentable;

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 24/12/2021

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha24/12/2021

Nro. de páginas628

Nro. de ediciones3433

Primera edición01/01/2011

Ultima edición28/05/2024

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