Diario Oficial de la Federación del 26/11/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 26 de noviembre de 2019

DIARIO OFICIAL

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De conformidad con el oficio FGE/0373/2019 de fecha 14 de mayo de 2019, suscrito por el C. Jorge Luis Llaven Abarca, Fiscal General del Estado de Chiapas, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la ejecución del proyecto denominado: Cursos de capacitación sobre los lineamientos de actuación sobre las responsabilidades e intervención de las autoridades tradicionales en casos de feminicidios en comunidades indígenas que se rigen bajo los sistemas normativos propios de usos y costumbres.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019
Lineamientos, el Comité de Evaluación de Proyectos Comité determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $626,400.00 Seiscientos veintiséis mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N. para la ejecución del proyecto denominado: Cursos de capacitación sobre los lineamientos de actuación sobre las responsabilidades e intervención de las autoridades tradicionales en casos de feminicidios en comunidades indígenas que se rigen bajo los sistemas normativos propios de usos y costumbres. Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio número CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-2/2019 de fecha 16 de Julio de 2019.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. LA SECRETARÍA declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX
del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en el artículo 115, fracción V del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314345.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. EL GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1 y 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es un Estado Libre y Soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, el C. Rutilio Cruz Escandón Cadenas, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, y 6, 7 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 26/11/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha26/11/2019

Nro. de páginas498

Nro. de ediciones3419

Primera edición01/01/2011

Ultima edición08/05/2024

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