Diario Oficial de la Federación del 28/10/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Lunes 28 de octubre de 2019

II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, C. Miguel Ángel Riquelme Solís, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 82 Fracción V y XXX de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y los artículos 1, 2 5, 8 fracción II y 9 Apartado A, fracciones VIII y XIX y Apartado B, Fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.3. Asiste a la suscripción del presente convenio el Titular de la Secretaría de Gobierno, C. José María Fraustro Siller, con fundamento en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1,4,18 fracción I, 19 fracción XX, 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza y el artículo 8, fracción XV y XXI
del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1,4, 18 fracción II, 19 fracción XX y 22 fracciones IV y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 4 y 8, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, EL C. Blas José Flores Dávila, en su carácter de Secretario de Finanzas, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5. Suscribe el presente convenio el Titular de la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad del Estado de Coahuila de Zaragoza, C. Gerardo Alberto Berlanga Gotés, con fundamento en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1, 4, 18 fracción IX, 19 fracción XX y 29 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 5, y 14, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.6. No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al proyecto denominado Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres de Torreón, Coahuila en adelante El Proyecto materia del presente Convenio, que se describe en el Anexo Técnico, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales, como se acredita con el oficio número CGA/567/2019, otorgado por la Coordinación General de Administración de la Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila.
II.7. Es propietario del terreno ubicado en Calzada Francisco Sarabia 60, Torres de Israel y Torreo de Belen, San Felipe, Fracción TRN, Torreón, Coahuila, Coahuila, el cual tiene una superficie de 5,177.27 m2, y cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para el fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza, Torreón, descrito en el Anexo Técnico.
Acredita la propiedad del bien inmueble objeto del presente, con la Escritura Pública número 339, pasada ante la fe del Notario Público número 82, Lic. José De Jesús Gómez Moreno, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Municipio de Torreón, bajo la partida número 191666, libro 1917, sección I, de fecha 09 de mayo de 2014 misma que adjunta para pronta referencia.
II.8. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal el ubicado en Calle Castelar, sin número exterior, Colonia: Saltillo Centro, Código Postal 25000, en el Municipio de Saltillo, del Estado de Coahuila de Zaragoza.
III. LAS PARTES declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Coahuila de Zaragoza, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 28/10/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha28/10/2019

Nro. de páginas356

Nro. de ediciones3436

Primera edición01/01/2011

Ultima edición31/05/2024

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