Diario Oficial El Peruano del 24/12/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, martes 24 de diciembre de 2019

Artículo 3 OBJETIVO
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, la presente Directiva tiene como objeto, ejecutar el gasto público con austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, así como mantener el equilibrio presupuestario de SEDAPAR S.A., a que se refiere la Constitución Política del Estado, contenido en el Decreto de Urgencia N 014-2019, para el Ejercicio Fiscal del año 2020 y el Decreto Legislativo No. 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en lo que le es aplicable.
Arequipa, 11 de diciembre del 2019

RESOLUCION Nº 984 -2019/S-20000
ASUNTO :

Aprueba Directiva sobre disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público e Ingreso de Personal, en el marco del Decreto de Urgencia 014-2019 para el año Fiscal 2020

VISTOS :
El Decreto de Urgencia N 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Disposiciones Complementarias, Disposiciones Transitorias y Disposiciones Finales; Informe No. 414-2019/S-31000 emitido por la Gerencia de Administración y demás documentos que obran en el presente expediente.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia N 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se dictan disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal, que contienen necesariamente medidas en esos rubros, ámbito bajo el cual se encuentran comprendidos los Gobiernos Locales y sus Empresas, como lo es SEDAPAR S.A.
Que, en la primera Disposición Complementaria Transitoria, Literal d, establece que las empresas de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales aprobarán disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse durante el año fiscal 2020, mediante acuerdo de Directorio, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano en un plazo que no exceda al 31 de diciembre del 2019.
Que, en cumplimiento a la norma anterior, se hace necesario unificar en una Directiva todas las disposiciones relativas a la austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal de SEDAPAR S. A, a ser aplicadas en el ejercicio fiscal del año 2020, el mismo que es aprobado en Sesión de Directorio No. 1752 de fecha 11 de diciembre del 2019.
Estando a lo opinado por el Gerente General y a los documentos de vistos, de acuerdo con los Estatutos vigentes;
SE RESUELVE:
1. Aprobar la Directiva que contiene las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal, para aplicarse en SEDAPAR S.A
durante el año Fiscal 2020, que en 04 folios forma parte de la presente resolución, disponiendo su vigencia a partir del 01 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2020.
2. La Gerencia General, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Empresarial, así como la Gerencia de Administración, deberán comunicar a la Dirección Nacional de Presupuesto Público de la presente Resolución, de acuerdo a las Normas vigentes y disponer su publicación en la página WEB y el Diario El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre del 2019.
3. La Gerencia General, las Gerencias de Línea, los Jefes de Departamento, son responsables del cumplimiento de la presente Resolución, estando la función fiscalizadora a cargo del Órgano de Control Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ING. ARMANDO LLAZA LOAYZA
PRESIDENTE DE DIRECTORIO DE SEDAPAR S.A.
echll.
DIRECTIVA SOBRE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL
GASTO PUBLICO E INGRESO DE PERSONAL EN EL MARCO DEL DECRETO DE
URGENCIA N 014-2019 PARA EL AÑO FISCAL 2020
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1: ANTECEDENTES
SEDAPAR S.A. es una empresa del Estado de Derecho Privado, cuyo objeto social inicial es la prestación de los Servicios de Saneamiento de la Región Arequipa, rige sus operaciones bajo el marco legal del Decreto Legislativo No. 1280 que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo No. 019-2017-VIVIENDA, normas de la Ley General de Sociedades, normas sectoriales, entre otros.
Artículo 2 BASE LEGAL
Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público Decreto Legislativo No. 1440
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley 28411 sólo respecto de la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y la Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia.
Decreto de Urgencia N 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020
Ley de Contrataciones del Estado - Ley 30225, modificada con el Decreto Legislativo No. 1341 y modificado por el Decreto Legislativo No 1444, y su Reglamento.
Directiva para la ejecución presupuestaria de las entidades de tratamiento empresarial Directiva No. 001-2010-EF/76.01, modificada mediante Resolución Directoral No.
002-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resolución Directoral No.003-2011EF/76.01 y Resolución Directoral N 002-2012-EF/50.01

Artículo 4 ALCANCE
La aplicación y cumplimiento de la presente Directiva, alcanza a la Junta General de Accionistas, Presidente y miembros del Directorio, Gerente General, Gerentes funcionales de apoyo y asesoría, Jefes de Departamento, personal a plazo indeterminado y contratado a plazo fijo de SEDAPAR S.A.
Artículo 5 LINEAMIENTOS
La Primera Disposición Complementaria Transitoria, literal d, del Decreto de Urgencia N
014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que las Entidades Públicas, como son las empresas de los gobiernos locales y que es el caso de SEDAPAR S.A., aprueban disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingreso de personal, mediante acuerdo de Directorio.
Artículo 6 VIGENCIA
La presente Directiva, tiene vigencia a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2020
Artículo 7 EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Disposición de Disciplina Presupuestaria La ejecución del gasto se realizará en concordancia con el Plan Estratégico Institucional los objetivos y metas del presupuesto, en el Marco del Plan Operativo Institucional, Plan Maestro Optimizado y otros documentos de gestión vigentes.
La Gerencia General, la Gerencia de Administración, y la Jefatura del Departamento de Personal, deberán elaborar, revisar, aprobar y supervisar las bases y el proceso de selección de personal, teniendo en cuenta que el ingreso a SEDAPAR S.A. por cualquier modalidad se efectuará necesariamente por concurso público de méritos y siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada e incluida en el CAP.
El Jefe del Departamento de Personal, dispondrá revisiones integrales y permanentes de las planillas de remuneraciones del personal activo y pensionistas, con este fin se debe tener una base de datos con Altas y Bajas de dicho personal.
MEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS
Artículo 8 DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD
El Jefe del Departamento de Logística o quien haga sus veces adoptará medidas de ahorro efectivo, recomendando a las Gerencias y Jefaturas de Departamento o la que haga sus veces, el uso racional de los servicios de energía eléctrica, agua y teléfono, consumo de combustible, materiales de oficina y otros, evaluando el gasto e informando de las desviaciones mensuales a su Jefatura.
Las Gerencias y Departamentos, adoptarán medidas de racionalización en los viajes de Comisión de Servicios, los que deben responder a una programación o gestión empresarial y contar con la autorización previa de acuerdo a la Directiva vigente que regula los Procedimientos para la Asignación de Gastos de Viaje y su respectiva rendición de cuentas por Comisión de Servicios, con un criterio de costo beneficio.
Quedan restringidos los viajes destinados a Exposiciones, Convenciones, Congresos, Ferias, salvo autorización expresa de la Gerencia General.
No pueden ser objeto de anulaciones presupuestarias los fondos destinados al control de la calidad de agua para consumo humano, sin justificación apropiada Artículo 9 DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD
La Gerencia General, la Gerencia de Administración, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Empresarial, así como el Departamento de Personal, deberán aplicar obligatoriamente lo siguiente:
Podrán aplicar nuevas escalas remunerativas, reajustes de remuneraciones, bonificaciones y beneficios de toda índole, a todos los trabajadores sin excepción alguna, asi como dietas de Directorio. Conforme a la normativa de la materia.
Se podrá continuar otorgando a todos los trabajadores las remuneraciones, beneficios, condiciones de trabajo, condiciones económicas o tratamientos especiales que por costumbre, disposición legal o negociación vienen otorgándose.
El ingreso de nuevo personal sólo es factible en los siguientes casos, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada y esté incluida en el CAP, siendo que en todos los casos necesariamente se realizará por Concurso Público de Méritos:
La contratación para reemplazo por cese del personal cualquiera que sea su forma de extinción del vínculo laboral Para suplencia temporal Cuando sea indispensable para la prestación de los servicios, así como a consecuencia de la aplicación de la estructura de SEDAPAR S.A., siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada y esté incluida en el CAP, en todos los casos necesariamente se realizará por Concurso Público de Méritos.
Se podrá contratar nuevo personal cuando la necesidad empresarial lo requiera, sea este por la necesidad de atender el incremento operativo, así como, por el incremento y/o recepción de nueva infraestructura sanitaria.
La designación en cargos de confianza y de directivos superiores de libre designación y remoción, conforme a los documentos de gestión de la entidad, acorde a la normativa vigente.
Por mandato de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada.
Sólo pueden celebrarse contratos de locación de servicios con personas jurídicas y/o naturales, siempre que:
Los recursos destinados a celebrar tales contratos estén previstos en sus respectivos presupuestos autorizados y sean servicios estrictamente temporales.

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 24/12/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha24/12/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones2745

Primera edición01/01/2016

Ultima edición26/05/2024

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