Diario Oficial de la República de Chile del 3/7/2023 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 3 de Julio de 2023

Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; en los decretos N313, de 6 de marzo de 1997; N1.354, de 20 de agosto de 1999; N3, de 7 de enero de 2004; N57, de 27 de febrero de 2007;
N221, de 13 de agosto de 2010, y N268, de 23 de noviembre de 2010, todos de esta Secretaría de Estado, y en la resolución N6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
1. Que, por decreto N313 de 1997, complementado por el decreto N1.354, de 1999, ambos citados en los vistos, se estableció para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentre destinado en el extranjero y percibiendo remuneraciones de acuerdo a la Planta A de presupuesto en moneda extranjera, un factor adicional de incremento basado en indicadores de Escolaridad. Además, tal norma prescribe que, para percibir dicho beneficio los funcionarios deben tener acreditadas cargas familiares en edad escolar y que cursen estudios regulares en educación pre-escolar, básica y media reconocidos por el Estado receptor, o en otro Estado distinto del que se encuentren destinados siempre que concurran idénticas condiciones.
2. Que, por su parte, la ley N21.516 de Presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023, establece para el Ministerio de Relaciones Exteriores, en la glosa 03 letra g, que en la determinación del coeficiente de costo de vida, establecido en el artículo 35 del DFL N33, de 1979, citado en los vistos, podrá incorporarse en forma adicional un factor de incremento basado en indicadores de escolaridad aplicable a aquellos funcionarios destinados al exterior, agregando que las condiciones y requisitos para el otorgamiento del beneficio, se regirá por el decreto supremo N313, del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la visación del Ministerio de Hacienda.
3. Que, posteriormente, el decreto N313, de 1997, antes referido, fue modificado mediante los decretos N3 de 2004, N57 de 2007, y N221 de 2010; complementado por el decreto N268 de 2010, todos citados en los vistos, los que establecen los requisitos para percibir dicho beneficio y el monto del incremento.
4. Que, atendida la necesidad de hacer operativo para el año 2023 el factor de escolaridad a que alude la glosa 03 letra g del Subtítulo 21 de la Partida 06, Capítulo 01, Programa 01 del Presupuesto de Gastos en Personal para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado, corresponde que se dicte el acto administrativo que otorgue dicho beneficio.

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y específicamente su ítem I, contempla de forma extraordinaria, hasta el 15 de junio de 2023, la posibilidad de realizar la Declaración Voluntaria de Ingreso por paso no habilitado ante la Policía de Investigaciones de Chile, en el link que se indica, a quienes hayan ingresado al país por paso no habilitado o eludiendo el control migratorio, y no registren un Informe Policial que denuncie dicha infracción, trámite que los habilitará para participar en este proceso de empadronamiento.
g Que, es indispensable ampliar el plazo establecido para realizar la Declaración Voluntaria de Ingreso por paso no habilitado ante la Policía de Investigaciones de Chile.
h Por lo anterior, es necesario adecuar las fechas establecidas para efectuar el registro biométrico, que se regula en el ítem III del precitado número 4 de la parte resolutiva de la resolución exenta N25.425.

Nº 43.591

Resuelvo:

1 Modifícase el ítem I del número 4 de la parte resolutiva de la resolución exenta N25.425, de fecha 31 de mayo de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, en el siguiente tenor:
I. Denuncia ante la Policía de Investigaciones de Chile.

Quienes hayan ingresado al país por paso no habilitado o eludiendo el control migratorio, y no registren un Informe Policial que denuncie dicha infracción a la fecha del presente acto administrativo, podrán, de forma extraordinaria y hasta el 30 de junio de 2023, realizar la Declaración Voluntaria de Ingreso por paso no habilitado ante la Policía de Investigaciones de Chile, a través del siguiente link:
https pdivirtual.cerofilas.gob.cl, el que los habilitará para participar de este proceso de empadronamiento.
2 Modifícase el ítem III inciso primero, del número 4 de la parte resolutiva de la resolución exenta N25.425, de fecha 31 de mayo de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, en el siguiente tenor:
III. Registro Biométrico.

El registro biométrico se efectuará de forma presencial a partir del 27 de junio hasta el 6 de octubre de 2023, en las dependencias de la Policía de Investigaciones de Chile dispuestas para dicho trámite, previa reserva de hora conforme a lo señalado en las etapas anteriores del proceso. En esta instancia, se debe presentar el documento de identidad o pasaporte vigente o vencido para su verificación y registro, procediendo a la captura de fotografía frontal y toma de huellas dactilares.
3 Manténgase vigente en todo lo demás, la resolución exenta N25.425, de fecha 31 de mayo de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones.
4 Por razones de buen Servicio, la vigencia de este acto administrativo regirá a contar de esta fecha, sin esperar su total tramitación.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Luis Eduardo Thayer Correa, Director Nacional, Servicio Nacional de Migraciones.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Atentamente, Carolina Ocampo Bravo, Subdirectora Nacional, Servicio Nacional de Migraciones.

Decreto:

Establézcase para el año 2023 un factor adicional de incremento basado en indicadores de escolaridad, para el personal que se encuentra en Planta A
Presupuesto en moneda extranjera del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a las condiciones y requisitos establecidos en el decreto N313, de 1997, modificado y complementado por los decretos N1.354 de 1999; N3 de 2004; N57 de 2007;
N221 de 2010, y el decreto N268 de 2010, todos citados en los vistos.
Regístrese, tómese de razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC
FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.

Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Hacienda
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

CVE 2337930
ESTABLECE PARA EL AÑO 2023 UN FACTOR ADICIONAL DE
INCREMENTO BASADO EN INDICADORES DE ESCOLARIDAD, PARA
EL PERSONAL QUE INDICA
Núm. 35.- Santiago, 27 de enero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto N100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en la Ley N21.516 de Presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023; en el DFL N33 de 1979, del
CVE 2336961
IDENTIFICA LISTADO DE OBRAS ESPECÍFICAS A QUE SE REFIERE
EL ARTÍCULO 8 DE LA LEY N20.444, QUE SE CREA EL FONDO
NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMO
DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN
CASO DE CATÁSTROFE
Núm. 213 exento.- Santiago, 20 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N6 y 35, ambos de la Constitución Política de la República; la ley N20.444 que Crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 3/7/2023 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha03/07/2023

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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