Diario Oficial de la República de Chile del 27/1/2023 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.462

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 27 de Enero de 2023

Sección I - 3

CVE 2262372
RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.372 EXENTA, DE 2021, DE ESTA
SUBSECRETARÍA

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Extracto
SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Por resolución exenta Nº 148, de 20 de enero de 2023, de esta Subsecretaría, rectifíquese la resolución exenta Nº 3.372 de 2021 de esta Subsecretaría, que inició el proceso de renovación de integrantes suplentes del Comité de Manejo de Merluza del Sur, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de esta resolución, y lo señalado en el artículo 13 de la Ley 19.880, en el sentido de corregir el resuelvo 2º, el cual quedará de la siguiente forma los representantes antes individualizados durarán por el lapso de tiempo que resta al período de ejercicio de los cargos declarados vacantes mediante resoluciones exentas Nº 1.517 y Nº 3.635, ambas de 2019 y Nº 1.815 de 2021, todas de esta Subsecretaría.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

CVE 2262168
SUPRIME LA SUBOFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE
ESPACIO URBANO LINARES DEPENDIENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE
Resolución
RE
PR
N ES
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L N

Santiago, 20 de enero de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 22 exenta.

Valparaíso, 20 de enero de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.

CVE 2262374
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO, DE FAUNA
ACOMPAÑANTE Y PESCA INCIDENTAL SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS
7ºA, 7ºB Y 7ºC DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA
PESQUERÍAS DE CRUSTÁCEOS DEMERSALES, AÑO 2023
Extracto
Por resolución exenta Nº 166, de 20 de enero de 2023, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para todas las unidades de pesquerías de Langostino amarillo Cervimunida johni, Langostino colorado Pleuroncodes monodon y Camarón nailon Heterocarpus reedi, que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 1.106 de 2017, de conformidad con los Artículos 7ºA.-, 7ºB.- y 7ºC.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2023.
Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies: especies objetivo para las flotas industrial y artesanal Tabla 1, especies de fauna acompañante FA sometidas a cuotas globales anuales de captura CGA, Licencia Transable de Pesca LTP, Régimen Artesanal de Extracción RAE, Permisos Extraordinarios de Pesca PEP, cuota fuera de la unidad de pesquería FUP, veda V o sometida al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT, según corresponda para las flotas industrial y artesanal Tabla 2, especies de fauna acompañante no administradas con cuotas globales anuales de captura, sujetas a regulación de arte mediante Res. Ex. Nº 3.917 de 2019 o sometidas al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT, según corresponda para las flotas industrial y artesanal Tabla 3, y especies de pesca incidental para ambas flotas Tabla 4, distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 20 de enero de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura S.

Vistos:

Lo establecido en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 7, letras c y t, 21
y 22 de la Ley 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación;
en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL
Nº 1, de 2009, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, sobre Tránsito; en el decreto Nº 22, de 2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados y deroga el decreto Nº 1111, de 1985, que aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados; lo señalado por la Directora Regional S de la Región del Maule en su ordinario DR Nº 2611, de 9 de noviembre de 2022; lo indicado en el memorándum Nº 2693, de 15 de noviembre de 2022; lo informado en el memorándum SDO. Nº 575, de 29 de noviembre de 2022, y lo señalado en las resoluciones Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fijan Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, junto con la resolución Nº 14, de 2022, del mismo Órgano Contralor, que Determina los montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
Considerando:

1.- Que, conforme lo dispone el artículo 1º de la ley Nº 19.477, el Servicio de Registro Civil e Identificación es un servicio público, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia.
2.- Que, conforme al artículo 3º de la ley Nº 19.477, El Servicio velará por la constitución legal de la familia y tendrá por objeto principal registrar los actos y hechos vitales que determinen el estado civil de las personas y la identificación de las mismas. En virtud de ello, el artículo 4º número 4 de la referida ley Nº 19.477
dispone que este Servicio tiene la función de Establecer y registrar la identidad civil de las personas y otorgar los documentos oficiales que acreditan la identidad.
Asimismo, el artículo 3º del decreto Nº 1.010, de 1989, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento de Pasaportes Ordinarios, y de Documentos de Viaje y Títulos de Viaje para Extranjeros, deroga decreto Nº 676, de 1966, y modifica el artículo 56 del Reglamento Consular, prescribe que corresponde a este Servicio, a través de sus oficinas, la obligación de conceder los pasaportes y documentos de viaje en Chile. De igual manera, el artículo 39 de la Ley Nº 18.290, de Tránsito establece que el Servicio de Registro Civil e Identificación llevará un Registro de Vehículos Motorizados en la base de datos central de su sistema electrónico, en el cual se inscribirán los vehículos y la individualización de sus propietarios y se anotarán las patentes únicas que otorgue.
3.- Que, en este marco jurídico, el Servicio mediante resolución exenta Nº 674, de fecha 30 de abril de 2010, creó la Suboficina Espacio Urbano Linares, dependiente de la circunscripción de Linares, Provincia de Linares, Región del Maule, la cual comenzó a funcionar desde el 12 de marzo de 2010.
4.- Que, mediante el DR. Ord. Nº 2.611, de fecha 9 de noviembre de 2022, la Directora Regional S del Registro Civil e Identificación de la Región del Maule, comunica al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Linares, que ha comenzado el proceso de cierre administrativo de la Suboficina Espacio Urbano Linares, que en la práctica está sin funcionar, y que se encuentran en la imposibilidad de volver a abrirla, por diversos motivos. Además, informa que con fecha 15 de noviembre de 2021, el Centro Comercial, Espacio Urbano de Linares, notificó a la Dirección Regional el término del contrato de comodato del local donde funcionaba la suboficina. Con fecha 17 de mayo de 2022 se procedió a la restitución del local comercial indicado.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 27/1/2023 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha27/01/2023

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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