Diario Oficial de la República de Chile del 4/11/2019 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.493

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 4 de Noviembre de 2019

Sección I - 3

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b El artículo 52, letra j, de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, Nº 18.961, que autoriza al General Director para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas;
c Los artículos 3 y 48 de la ley Nº 19.880, que establece Las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;
d La necesidad de delegar las atribuciones legales que tiene el General Director de Carabineros en el Director Control Drogas e Investigación Criminal, con el objetivo de que la referida autoridad delegada represente a Carabineros de Chile en la suscripción de convenios de colaboración relativos a pórticos habilitados con Sistemas Automáticos de Lectores de Placas Patentes, entre Organizaciones Públicas y Carabineros de Chile; y e Lo establecido en la resolución Nº 7, de fecha 26.03.2019, y su similar Nº 6, de fecha 26.03.2019, modificada por resolución Nº 11, de fecha 04.04.2019, todas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Se resuelve:

1. Delégase en el Director Control Drogas e Investigación Criminal, la facultad de firmar, en representación del General Director de Carabineros de Chile, los Convenios de colaboración relativos a pórticos habilitados con sistemas automáticos de lectores de placas patentes.
2. Precísase que la delegación establecida en el numeral precedente, sólo operará para la firma de convenios que se elaboren conforme al modelo que se adjunta.
3. Señálase que la autoridad institucional delegada, queda facultada para suscribir los demás documentos que sean necesarios y convenientes, para dar efectivo cumplimiento al convenio señalado en el numeral precedente, en especial, el respectivo acto aprobatorio, debiendo velar, siempre y en todo caso, por el debido resguardo del interés institucional.
4. Dispónese al Director delegado informar oportunamente, a través de la Secretaria General, sobre la gestión asignada, remitiendo, además, copia de los actos e instrumentos que se suscriban al amparo de esta resolución, considerando en la distribución al Departamento Desarrollo de Normas y el Departamento Información Pública y Lobby, a más tardar dentro del quinto día hábil contado desde la firma de los instrumentos.
5. Establécese que corresponderá a la Dirección Control Drogas e Investigación Criminal, la supervisión y control del debido cumplimiento de las obligaciones contraídas por Carabineros de Chile en virtud del Convenio suscrito y sus modificaciones, debiendo mantener informada al respecto a esta Dirección General.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial.- Mario Alberto Rozas Córdova, General Director Carabineros de Chile.

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 25 de octubre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio del Trabajo y Previsión Social
SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO
Dirección del Trabajo
CVE 1675940
APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD
CIVIL DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.616 EXENTA, DE 03 DE OCTUBRE 2015
Resolución
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Núm. 2.032 exenta.- Santiago, 30 de agosto de 2019.
Vistos:

SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

CVE 1675941
MODIFICA DECRETO Nº 533 EXENTO, DE 2018, DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Extracto
Por decreto exento Nº 220, de 25 de octubre de 2019, de este Ministerio, modifícase el decreto exento Nº 533, de 2018, modificado mediante decreto exento Nº 81, de 2019, que estableció las cuotas anuales de captura, año 2019, para las unidades de pesquerías de pequeños pelágicos, sometidas a licencias transables de pesca, en el sentido de reemplazar el artículo 3º por el siguiente:

Artículo 3º.- Las cuotas globales anuales de captura de las unidades de pesquería de las Regiones de Valparaíso a Los Lagos, ascenderán a 127.150 toneladas de Anchoveta, Engraulis ringens, y 352.800 toneladas de Sardina común, Strangomera bentincki, fraccionadas de la siguiente manera:

1.- Lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 de la Constitución Política del Estado;
2.- La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3.- La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública;
4.- La Ley Nº 19.880, del año 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado;
5.- La Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública;
6.- La resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
7.- El Instructivo Presidencial Nº 7, de fecha 6 de agosto del año 2014, referido a la Participación Ciudadana en la gestión pública;
8.- La resolución exenta Nº 1.626, de 8 de agosto de 2019, de la Dirección del Trabajo, que Aprueba Norma General de Participación Ciudadana de la Dirección del Trabajo;
9.- La resolución exenta Nº 1.616, de 3 de octubre de 2015, de la Dirección del Trabajo, que Aprueba Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil de la Dirección del Trabajo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 4/11/2019 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha04/11/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

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