Diario Oficial de la República de Chile del 3/10/2019 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.468

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 3 de Octubre de 2019

Sección I - 3

Social de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, grado 5 de la EUS, Planta del estamento Directivo de la Subsecretaría del Trabajo.
2 Déjese establecido que doña Magna Vidal Muñoz no se encuentra sometida a sumario administrativo ni a medida disciplinaria alguna.

Proceso de Selección de Proyectos tendrá como fecha de cierre el día martes 15
de octubre.
2.- En todo lo demás la resolución exenta Nº 1.820 Minvu del año 2003 y sus modificaciones permanece vigente.

Anótese, tómese razón, publíquese y regístrese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Nicolás Monckeberg Díaz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Fernando Arab Verdugo, Subsecretario del Trabajo.

Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Guillermo Rolando Vicente, Ministro de Vivienda y Urbanismo S.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Erwin Navarrete Saldivia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo S.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo
CVE 1661936
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.820 EXENTA V. Y U., DE 2003, QUE FIJA
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA
DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
Resolución Santiago, 27 de septiembre de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.215 exenta.
Visto:
El DS Nº 114 V. y U., de 1994, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820
V. y U., de 2003, y sus modificaciones, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa; y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y Considerando:
a La creación de la nueva Región de Ñuble y su puesta en operación el 6 de septiembre del año 2018, que, entre otras muchas cosas, implica hacerse cargo de la gestión integral del Programa de Pavimentación Participativa regional en una Secretaría Regional Ministerial en formación, con además traspaso de información desde la Región madre del Biobío;
b Decreto Nº 308, del 20 de agosto de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública D.O. 17.09.19, Declara como Zona Afectada por Catástrofe por Sequía a la Región de Coquimbo y a la mayoría de las comunas de la Región de Valparaíso, que implica para las Municipalidades destinar gran parte de su esfuerzo y capacidades de gestión a su atención, afectando la oportuna postulación al 29º Llamado del Programa de Pavimentación Participativa;
c Caída de conexión del Sistema Informático el día 24.09.19 del Programa de Pavimentación Participativa con el Registro Civil, mediante el cual se obtienen y validan datos de los integrantes de la directiva de los Comités de Pavimentación, antecedentes básicos para la postulación;
d La realización del 29º Proceso de Selección de Proyectos, cuyas fechas de cierre de recepción de postulaciones es el 30 de septiembre en Serviu y el 30 de octubre en Seremi;
e La solicitud efectuada por algunas Seremi, en distintas fechas respecto de necesidad de ampliación de plazo de cierre de recepción de postulaciones en Serviu dada la importante cantidad de proyectos de pavimentación aún en etapa de revisión, atención de observaciones y de aprobación por parte del Servicio, Consultores Proyectistas y Municipalidades, siendo que el proyecto aprobado es requisito de postulación.
Resolución:
Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 V. y U., de 2003, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, en el siguiente sentido:
1.- Agrega el siguiente:
Artículo 17º transitorio: Durante el año 2019 la recepción de postulaciones municipales en el Servicio de Vivienda y Urbanización para participar en el 29º
CVE 1661937
MODIFICA EL LLAMADO 2019 A POSTULACIÓN PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN
DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN LA MODALIDAD REGULADA POR
SU CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE
VIVIENDAS SOCIALES, PARA LAS REGIONES DE VALPARAÍSO, LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS, MAULE, BIOBÍO, ARAUCANÍA Y METROPOLITANA
Resolución Santiago, 27 de septiembre de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.216 exenta.
Visto:
1. El decreto supremo Nº 255 V. y U., de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y en especial lo dispuesto en su artículo 13º.
2. La resolución exenta Nº 1.115 V. y U., de fecha 15 de mayo de 2019, correspondiente al Llamado 2019 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, para las regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo OHiggins, del Maule, del Biobío, de Araucanía y Metropolitana de Santiago. Fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su forma de distribución para cada región.
3. La resolución exenta Nº 1.792 V. y U., de fecha 8 de agosto de 2019, que modifica el Llamado 2019 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, para las regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo OHiggins, del Maule, del Biobío, de Araucanía y Metropolitana de Santiago.
4. La resolución exenta Nº 1.697 V. y U., de fecha 21 de agosto de 2019, que modifica la resolución exenta Nº 152, de 2019, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y Considerando:
a La necesidad de incorporar al llamado a las regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Ñuble, Los Ríos y Los Lagos y de aumentar el programa de subsidios disponible en las regiones de Valparaíso, Libertador General Bernardo OHiggins, Maule, Biobío y Araucanía, como consecuencia de la modificación presupuestaria realizada mediante la resolución exenta indicada en el Visto 4;
b La necesidad de posibilitar la atención de los condominios sociales emplazados en polígonos seleccionados por el Programa de Recuperación de Barrios a partir de 2014 y no únicamente aquellos correspondientes al período 2014-2018;
c La necesidad de ampliar los plazos para definir y sancionar los factores regionales de prelación, correspondientes al segundo proceso de selección, dicto la siguiente Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.115 V. y U., de fecha 15 de mayo de 2019, en el sentido de:
a. Reemplazar la relación de regiones en la suma y el resuelvo 1º, por la siguiente:
regiones de Arica y Parinacota, de Antofagasta, de Atacama, de Valparaíso, del Libertador General Bernardo OHiggins, de Maule, de Ñuble, del Biobío, de Araucanía, de Los Ríos y de Los Lagos y Metropolitana de Santiago.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 3/10/2019 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha03/10/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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