Diario Oficial de la República de Chile del 1/10/2019 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 1 de Octubre de 2019

Ministerio de Hacienda
Nº 42.466

Considerando:

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Dirección Nacional
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CVE 1660778
EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N 4.141 EXENTA, DE 29 DE AGOSTO DE
2019, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS, QUE MODIFICA EL
COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Que, el decreto supremo N236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Promulga el Convenio N169 sobre Pueblos indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo.
Que, con fecha 4 de marzo de 2014, entró en vigencia el decreto supremo N66, del Ministerio de Desarrollo Social, de 2013, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 N1 letra a y N2 del citado Convenio N169, y deroga normativa que indica.
Que, con fecha 24 de septiembre de 2018, el Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique acompañado del entonces Ministro de Desarrollo Social, don Alfredo Moreno Charme, anunció el Acuerdo Nacional por la Araucanía el cual se basó en los siguientes tres principios fundamentales: voluntad de diálogo;
acuerdo y búsqueda de paz; y, reconocimiento y valoración de nuestra diversidad y desarrollo integral e inclusivo en la región.
Que, dentro del Principio Reconocimiento y valoración de nuestra diversidad se enmarcan diversas medidas que pretenden impulsar modificaciones a la ley N19.253 que Establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
Que, en ese marco, mediante resolución exenta N241, de fecha 3 de abril de 2019, se dispuso: 1 Instruir procedimiento administrativo respecto a Proceso de Consulta Indígena respecto de las medidas relativas a introducir modificaciones en la ley N19.253 y/o en cualquiera de los procedimientos que deriven de ella; 2
Convocar a los pueblos indígenas y sus instituciones representativas a la primera reunión de planificación del proceso de consulta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 del decreto supremo N66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social; y, 3 Confeccionar el respectivo expediente administrativo del procedimiento de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 y siguientes de la ley N19.880, que Establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; y a lo dispuesto en el artículo 19 del decreto supremo N66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social.
Que, de esta manera esta Cartera de Estado comenzó el procedimiento de consulta, dando cumplimiento a las etapas descritas en el artículo 16 del decreto supremo N66, de 2013, mencionado, iniciando las reuniones de la etapa de planificación del proceso a partir del 22 de mayo de 2019.
Que, durante las primeras reuniones de la etapa de planificación de la Consulta, atendidos diversos hechos de violencia acaecidos en dichas reuniones, acorde con lo dispuesto en el artículo 18 del decreto supremo N66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, se procedió a suspender la consulta indígena mediante resolución exenta N553, de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de Servicios Sociales, por un plazo de quince días hábiles; resolución que fue publicada en el Diario Oficial el 31 de julio de 2019.
Que, actualmente esta Secretaría de Estado se encuentra en un proceso de análisis respecto a la disposición de los pueblos indígenas en orden a retomar el diálogo en el marco de la Consulta Indígena. En este sentido, a la fecha no se poseen las condiciones y/o supuestos necesarios para reanudar el proceso de consulta indígena, según da cuenta informe de fecha 23 de agosto de 2019, suscrito por el encargado de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas, de la Subsecretaría de Servicios Sociales dependiente de esta Cartera de Estado, por lo que es menester dictar el acto administrativo para suspender del proceso, por un nuevo plazo de quince días; por tanto,
Mediante resolución exenta N 4.141, de 29 de agosto de 2019, del Director Nacional de Aduanas, se establece la siguiente modificación:

I. Modifícase, la tabla del Anexo N 51-4, relativo a Agentes de Cabotaje y Exportación, del Compendio de Normas Aduaneras, conforme a lo que se indica:
1.- Elimínase, de la referida tabla, lo siguiente:
NOMBRE
CARDENAS MONTAÑA ANSELMO
C.P.T. AGENCIA MARITIMA LTDA.

CÓDIGO
T-14
T-23

PLAZA
PUNTA ARENAS
TALCAHUANO

El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.

Valparaíso, 29 de agosto de 2019.- José Ignacio Palma Sotomayor, Director Nacional de Aduanas.

Ministerio de Desarrollo Social y Familia SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES

CVE 1660782
SUSPÉNDASE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN N
241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA
Resolución
Santiago, 27 de agosto de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 631 exenta.
Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica cuerpos legales que indica; en la Ley N 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el artículo 6 N1 letra a y N2 del Convenio N169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado a través del decreto supremo N236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N66, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 N1 letra a y N2 del Convenio N169 de la Organización Internacional del Trabajo y deroga normativa que indica; en la resolución exenta N241, de fecha 3 de abril de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social, que inicia procedimiento administrativo y convoca a proceso de consulta que indica; resolución exenta N553, de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de Servicios Sociales, que suspende la consulta indígena por motivos que indica; en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y en las demás normas aplicables.

Resuelvo:

1. Suspéndase el procedimiento administrativo de Proceso de Consulta iniciado en virtud de la resolución exenta N241, de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social, sobre las medidas relativas a introducir modificaciones en la ley N19.253
y/o en cualquiera de los procedimientos que deriven de ella; por un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de la total tramitación del presente acto.
2. Incorpórase copia de la presente resolución al respectivo expediente administrativo sobre el Proceso de Consulta descrito en el Resuelvo anterior.
3. Remítase copia íntegra de la presente resolución a la Fiscalía; al Gabinete Subsecretaría de Servicios Sociales; al Gabinete Subsecretaría de Evaluación Social;
a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; al Ministerio Secretaría General de la Presidencia; a la Unidad Nacional de Consulta y Participación Indígena, del Ministerio de Desarrollo Social; y a la Oficina de Partes.
4. Dispóngase como medida de publicidad adicional una vez totalmente tramitado el presente acto administrativo, su publicación en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, por todo el periodo que comprende la suspensión.
Anótese y publíquese.- Sebastián Sichel Ramírez, Ministro de Desarrollo Social y Familia.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Sebastián Villarreal Bardet, Subsecretario de Servicios Sociales.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 1/10/2019 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha01/10/2019

Nro. de páginas332

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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