Diario Oficial de la República de Chile del 13/9/2019 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 13 de Septiembre de 2019

las que si bien se valora positivamente la globalidad de la propuesta, se evidencia la necesidad de contar con información complementaria, diagnósticos, análisis con la finalidad de definir en forma precisa los términos y conceptos utilizados, así como también aspectos estructurales de la misma;
6º.- Que, teniendo en consideración las observaciones efectuadas por el Consejo Nacional de Educación en los acuerdos citados precedentemente, el Ministerio de Educación con fecha 5 de octubre de 2017, envía una propuesta ajustada del Plan común de Formación General y de la Formación diferenciada Humanístico-Científica;
7º.- Que, en sesión ordinaria del Consejo Nacional de Educación, de fecha 15
de noviembre de 2017, mediante resolución exenta Nº 319 se ejecuta el Acuerdo Nº 73/2017, en el que se rechaza la propuesta de Bases Curriculares para 3 y 4 medio, comunicando la necesidad de enmendar de acuerdo a las observaciones indicadas en los considerados 4, 5, 6 y 7 allí transcritos;
8º.- Que, con fecha 13 de diciembre de 2017 el Ministerio de Educación presenta ante el Consejo Nacional de Educación una propuesta reformulada de las Bases Curriculares para 3º y 4º año medio, para el Plan Común de Formación General en las tres diferenciaciones que, incluye los Objetivos de Aprendizaje para las seis asignaturas que son: Lengua y Literatura; Matemáticas; Educación Ciudadana; Filosofía; Inglés; y Ciencias para la Ciudadanía; que constituyen el Plan de Formación General Común, cuatro de la Formación General Complementaria, y 24 asignaturas de profundización optativas para la Formación Diferenciada.
9º.- Que, el Consejo Nacional de Educación en sesión ordinaria de 7 de febrero de 2018, adopta el Acuerdo Nº 25/2018, ejecutado mediante resolución exenta Nº 47, de 12 de febrero del mismo año, aprobándose parcialmente la estructura de bases curriculares presentadas en el siguiente sentido:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
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L N

Asimismo, autorízase la captura de los recursos Raya volantín y Raya espinosa, en calidad de fauna acompañante en la pesca dirigida a otros recursos, hasta un 1%
medido en peso en relación a la especie objetivo, por viaje de pesca, respetando los montos anuales.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Nº 42.454

Valparaíso, 9 de septiembre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio de Educación
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

CVE 1648988
APRUEBA BASES CURRICULARES PARA LOS CURSOS DE 3º Y 4º AÑO
DE EDUCACIÓN MEDIA, EN ASIGNATURAS QUE INDICA
Núm. 193.- Santiago, 17 de junio de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 19.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de Ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en los decretos Nº 220, de 1998, y Nº 254, de 2009, ambos del Ministerio de Educación; en los Acuerdos Nº 43, 53 y 73, de 2017; Nº 25, 54 y 126, de 2018, y Nº 34 y Nº 56 de 2019, todos del Consejo Nacional de Educación; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y Considerando:

1º.- Que, el artículo 30 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, establece los objetivos generales de la educación media;
2º.- Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del citado decreto con fuerza de ley, en adelante, Ley General de Educación, corresponde al Presidente de la República, mediante decreto supremo dictado a través del Ministerio de Educación, previa aprobación del Consejo Nacional de Educación, establecer las Bases Curriculares para la educación parvularia, básica y media;
3º.- Que, al Consejo Nacional de Educación, le corresponde, en el ejercicio de sus atribuciones legales, aprobar o formular observaciones fundadas a las Bases Curriculares para cada uno de los niveles de educación regular parvularia, básica y media, propuestas por el Ministerio de Educación, según lo establece el artículo 86 de la Ley General de Educación;
4º.- Que, con fecha 22 de junio y 17 de julio, de 2017, se presenta a consideración del Consejo Nacional de Educación una propuesta de Bases Curriculares de 3º y 4º año de enseñanza media, para el Plan Común de Formación General de todas las diferenciaciones Artística, Humanístico-Científica y Técnico Profesional y para la Formación diferenciada Humanístico-Científica, respectivamente;
5º.- Que, mediante sesiones ordinarias del Consejo Nacional de Educación, de fechas 16 y 30 de agosto de 2017, se adoptan los Acuerdos Nº 43/2017 y Nº 53/2017, ejecutados por resoluciones exentas Nº 221 y Nº 251 respectivamente, en
i. Aprueba parcialmente, por unanimidad de sus miembros, la estructura de Bases Curriculares de 3º y 4º medio para Formación General de las tres diferenciaciones Artística, Humanístico-Científica y Técnico Profesional y la de Formación Diferenciada Humanístico-Científica, recomendando coherencia conceptual y sinergia para las asignaturas de Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales, resolver conflictos de horarios para la Formación General Complementaria de las modalidades Artística y Técnico Profesional, así como la cantidad de asignaturas de Profundización para la Formación diferenciada Humanístico-Científica. A su vez se indica la falta de consenso entre los consejeros acerca de la pertinencia de que las asignaturas de Filosofía y Ciencias Naturales formen parte de la Formación General Común para todos los estudiantes de 3º y 4º medio, así como las asignaturas de Orientación;
ii. Aprueban por unanimidad las asignaturas de Matemáticas, Artes, Física y Salud, e Inglés y por mayoría la asignatura de Educación Ciudadana;
iii. Aprueban por unanimidad las siguientes asignaturas de profundización:
Promoción de estilos de vida activos saludables; Ciencias del ejercicio físico y deportivo; Expresión corporal; Investigación y creación artística I;
Investigación y creación artística II; Patrimonio artístico y cultura; Artes, vida y sociedad; Biología; Ciencias de la salud; Física; Química; Taller de literatura; Lectura y escritura especializada; Participación y argumentación en democracia; Comprensión histórica del presente; Geografía, territorio y desafíos socioambientales; Límites, derivadas e integrales; Probabilidades y estadística descriptiva e inferencial; Pensamiento computacional y Programación, y Geometría 3D;
iv. Observan por unanimidad del Plan de Formación General las asignaturas de Orientación; Lengua y literatura; Filosofía; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Ciencias Naturales y la asignatura de Proyecto del Plan de Formación diferenciado Humanístico Científica;
v. Observan a su vez las asignaturas de Profundización Poder, Política y Sociedad; Conocimiento, Complejidad y Mundo; Sensibilidad, Experiencia y Cultura; y unánimemente la Asignatura de Desarrollo y Sustentabilidad;

10.- Que, en razón de lo anterior, habiéndose aprobado parcialmente la estructura de las Bases Curriculares para 3º y 4º medio, ante las observaciones realizadas, con fecha 28 de febrero de 2018, se presenta una propuesta ante el Consejo Nacional de Educación, que subsana lo anteriormente indicado mediante la inclusión de Objetivos de Aprendizaje para las asignaturas observadas;
11.- Que, teniendo en consideración la aprobación por parte del Consejo Nacional de Educación en cuanto a la estructura presentada de las aludidas Bases Curriculares, el Ministerio de Educación procedió a dar continuidad al texto autorizado, corrigiendo y subsanando las observaciones, con la finalidad mejorar aquellos aspectos técnicos que no habían sido abordados con anterioridad;
12.- Que, con fecha 4 de abril de 2018, en sesión ordinaria del Consejo Nacional de Educación, con el análisis llevado a cabo por 25 consultores, quienes evaluaron

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 13/9/2019 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha13/09/2019

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

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