Diario Oficial de la República de Chile del 12/1/2022 - Empresas y Cooperativas

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.150

Miércoles 12 de Enero de 2022

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Empresas y Cooperativas CVE 2070605

EXTRACTO
MARIA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, notario suplente del titular doña MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogada, Notario Público Titular 27 Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, CERTIFICA, Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio número 20226/2021, don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS, doña PAULA
ANDREA ORELLANA JOHNSON, doña MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA, doña PAULA ILLANES ORELLANA, todos domiciliados en calle Carolina Rabat número ochocientos cincuenta departamento trescientos dos B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Mar Jónico número siete mil quinientos once departamento 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y doña MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Francisco Riveros número cuatro mil cuatrocientos setenta y siete departamento setenta y uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS
NIÑAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de Las Niñas Limitada. Administración, representación y uso de razón social: Corresponde única y exclusivamente a doña PAULA ANDREA
ORELLANA JOHNSON, quien contará con amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de doña Paula Andrea Orellana Johnson, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a don José Pedro Illanes Abalos, quien contará con las más amplias facultades de administración. Capital: $807.426.827.-, que se entera y paga de la siguiente forma: a don José Pedro Illanes Abalos, con $806.526.827.-, equivalentes al 99,889% de los derechos sociales, que se entera mediante el aporte en dominio de los bienes que se singularizan en el Artículo Primero Transitorio de escritura de constitución; b doña Paula Andrea Orellana Johnson, con $500.000.-, que se enteran en el acto en caja social, equivalentes al 0,062% de los derechos sociales; c doña María del Rosario Illanes Orellana, con $100.000.-, que se enteran en el acto en caja social, equivalentes al 0,01225% de los derechos sociales; d doña Paula Illanes Orellana, con $100.000.-, que se enteran en el acto en caja social, equivalentes al 0,01225% de los derechos sociales; e doña María Josefina Illanes Orellana, con $100.000.-, que se enteran en el acto en caja social, equivalentes al 0,01225% de los derechos sociales; y, f doña María Angélica Illanes Orellana, con $100.000.-, que se enteran en el acto en caja social, equivalentes al 0,01225% de los derechos sociales. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a La compra, venta, adquisición, enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles; b Explotar, arrendar, subarrendar, dar en usufructo las propiedades arrendadas o adquiridas, ya sea con instalaciones, maquinarias y/o muebles, que permitan el desarrollo de una actividad comercial o industrial, o sin ellas; c La adquisición total o parcial de derechos y/o acciones en sociedades y empresas; d La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre éstos. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar otras actividades que dentro del giro social acuerden los socios. Duración: 30 años, prorrogables en mismas condiciones por iguales períodos sucesivos de 5 años. Responsabilidad:
Responsabilidad socios queda limitada hasta monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 12/1/2022 - Empresas y Cooperativas

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

PaísChile

Fecha12/01/2022

Nro. de páginas310

Nro. de ediciones1703

Primera edición17/08/2016

Ultima edición15/05/2024

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