Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 158

S.L, y DECLARO EL DESPIDO IMPROCEDENTE con efectos de 06/11/18, QUEDANDO EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL con efectos del día 06/11/2018 al haberse optado por el FOGASA por la indemnización, y CONDENO
a la empresas demandada, a indemnizar al actor en la cantidad de 3.766,62 €, condenando asimismo a la empresa demandada a que abone al actor, la cantidad de 5.031,14 € más el 10% de mora respecto d ellos conceptos salariales, sin que proceda el abono de salarios de tramitación, condenando al FGS a estar y pasar por las declaraciones fácticas y jurídicas expresas o inherentes a esta resolución, sin más pronunciamiento por ahora respecto de dicho organismo. Se imponen las costas causadas a la parte demandada, incluyendo los honorarios del Graduado Social que se fijan prudencialmente en 300 €.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4427000065111418 abierta en la entidad BANESTO haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente, con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado ACTUACIONES
INTEGRALES DOBLE G SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintinueve de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO:
JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE
Nº 41.235


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1030/2019 Negociado: T.
N.I.G.: 1102044420190003079.

De: D/D. FRANCISCO JAVIER BOCANEGRA MUÑOZ. Abogado:
EMILIO ALVAREZ TIRADO.

Contra: D/D. TIERRAPLEX, S.L. y FOGASA

D/D. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1030/2019 se ha acordado citar a TIERRAPLEX, S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 29 DE SEPTIEMBRE DE
2020, A LAS 11:30 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVENIDA ALCALDE ALVARO
DOMECQ, Nº 1. EDIFICIO ALCAZABA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a TIERRAPLEX, S.L..

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintidós de julio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO:
JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 41.238

19 de agosto de 2020
VARIOS

UNIVERSIDAD DE CADIZ
CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ DE BECAS SANTANDER
PROGRESO COVID-19 PARA LA COLABORACIÓN DE ALUMNOS DE
GRADO Y MÁSTER CON LOS DEPARTAMENTOS DE ESTA UNIVERSIDAD, CURSO 2020-2021

BDNSIdentif.:518474

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/518474

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero.- Convocatoria
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 17 becas que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios con los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional e investigadora.

Segundo.- Beneficiarios
Podrán solicitar las becas Santander Progreso los estudiantes universitarios que en el curso 2020-2021 estén matriculados de último curso de estudios de Grado o de primer de curso de un Máster universitario oficial y que, entre otros requisitos académicos, hayan obtenido como nota media en sus estudios las que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones oficiales:
6,70 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas 7,15 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas 7,25 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y 7,45 puntos para la rama de Artes y Humanidades
No podrán optar a esta beca los alumnos que hayan sido en cualquier convocatoria beneficiarios de la beca de colaboración del Ministerio de Educación o de la Beca UCA-Santander Progreso.

Tercero.- Solicitudes
La solicitud se realizará a través del apartado correspondiente del C.A.U., habilitándose un acceso directo al mismo en la página web https cau-alumnos.uca.
es/cau/servicio.do?id=O160

Junto con la solicitud se acompañará, a través del mismo C.A.U., mediante imagen legible escaneada o fotografiada y en fichero formato pdf, la plantilla correspondiente al proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar.

El plazo para la presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 15 de septiembre y 15 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Cuarto.- Características del programa
Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración en el departamento correspondiente a razón de un mínimo de dos horas diarias hasta el día 30 de septiembre de 2021.

Quinto.- Importe de la ayuda
La dotación de la Beca Santander Progreso será de 1.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.

Sexto.- Información sobre la tramitación de la beca
Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse al Área de Gestión de Alumnado y Relaciones Internacionales - Becas de la Universidad de Cádiz. El expediente se identificará por el DNI/NIE del solicitante. Asimismo, se podrá realizar cualquier consulta sobre el expediente en la solicitud de ayuda realizada en la plataforma https cau-alumnos.uca.
es
Cádiz, 31 de julio de 2020. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE
CÁDIZ, PDF, El Vicerrector de Estudiantes y Empleo. Manuel Sánchez Ortiz de Landaluce.
Nº 40.782

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.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
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O .
B

SUSCRIPCION 2020: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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