Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/10/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 16

B.O.P. DE CADIZ NUM. 206

forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a dieciseis de octubre de dos mil diecinueve. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 81.495


Juzgado de lo Social Nº 1
BADAJOZ
EDICTO

D JOSE MARÍA HIDALGO ESPERILLA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de BADAJOZ,
HAGO SABER:

Que en el procedimiento 379 /2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/D JUAN MANUEL GÓMEZ LORIDO contra la empresa AURASER 24, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Que estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por D. Juan Manuel Gómez Lorido frente a la empresa AURASER 24, SL, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad total de 2.780,64 euros, por los conceptos que se reseñan en el fundamento jurídico segundo de esta sentencia, más los intereses moratorios al tipo del 10% anual sobre la cantidad adeudada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el art. 191.2.g de la L.R.J.S, por no exceder la reclamación de 3.000 euros, ni producir afectación general.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AURASER 24, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CÁDIZ.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En BADAJOZ, a tres de octubre de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 81.633


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

Procedimiento; Despidos/ Ceses en general 958/2018 Negociado:
CH. N.I.G: 1100444420180000955. De: D/D. ISABEL MARÍA CAMACHO
CORRALES. Abogado: RAQUEL MARÍA LÓPEZ BALLESTEROS. Contra: D/
D. BRIGITTE MARIE RODRÍGUEZ y ESPINOSA RUIZ EUROPA SERVICE
GROUP S.

D/D. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 958/2018 se ha acordado citar a BRIGITTE MARIE RODRÍGUEZ y ESPINOSA RUIZ
EUROPA SERVICE GROUP SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
DIECINUEVE a las 11:00 y 11,15 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVDA VIRGEN
DEL CARMEN Nº 55 EDIFICIO AUDIENCIA PROVINCIAL 11202 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a BRIGITTE MARIE RODRÍGUEZ y ESPINOSA RUIZ EUROPA SERVICE GROUP SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Algeciras, a diez de octubre de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 81.654

28 de octubre de 2019

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

D/D ROSARIO MARISCAL RUIZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE
JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 764/2018
a instancia de la parte actora D/D. MARIA CARMEN GARCIA SUAREZ contra C.R FISIOPUERTO SA y FOGASA sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 26/09/19 que sucintamente dice:
SENTENCIA nº 305/2019

En Jerez de la Frontera, a veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve.

Vistos por mi, Dña. MARIA EMMA ORTEGA HERRERO, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos del orden social nº 764/2018 en materia de DESPIDO, en virtud de demanda interpuesta por DOÑA MARIA DEL CARMEN GARCIA SUAREZ, asistido del Letrado Don Juan Carlos Sánchez Narváez, frente a la empresa C.R. FISIOPUERTO SA, que no compareció pese estar citada en legal forma, siendo llamado el FOGASA, representado por la Letrada D. Paloma Almendral del Río, procede dictar la presente resolución atendidos los siguientes
FALLO

Que ESTIMO la demanda formulada por DOÑA MARIA DEL CARMEN
GARCIA SUAREZ contra C.R. FISIOPUERTO SA, y DECLARO EL DESPIDO
IMPROCEDENTE con efectos de 02/07/18, QUEDANDO EXTINGUIDA LA
RELACIÓN LABORAL con efectos de ese día 02.07.2018 por ser imposible la readmisión del demandante por cierre del centro de trabajo y CONDENO a la empresa a indemnizar al actor en la cantidad de25.275,13 €, asimismo condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 2.204,70 € más el 10% de mora respecto de los conceptos salariales, condenando al FGS a estar y pasar por las declaraciones fácticas y jurídicas expresas o inherentes a esta resolución, sin más pronunciamiento por ahora respecto de dicho organismo.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓNante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4427000065076418 abierta en la entidad BANESTO haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente, con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado C.R FISIOPUERTO SA
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Firmado.
Nº 81.661

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/10/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha28/10/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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