Diario Oficial de Extremadura del 30/3/2020

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Fuente: Diario Oficial de Extremadura

NÚMERO 62
Lunes, 30 de marzo de 2020

I

12447

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 5 de marzo de 2020 por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la formación profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2020050038
El artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en Educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.
La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa define en el Capítulo V del Título I
los aspectos más relevantes de la Formación Profesional en el Sistema Educativo y dispone que podrán cursar la formación profesional de grado medio y la de grado superior quienes, respectivamente, posean el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el de Bachiller. Asimismo el artículo 41 de la misma ley prevé el acceso a la formación profesional de aquellos aspirantes que superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio BOE de 30 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo establece en la sección primera del capítulo III las condiciones de acceso a la formación profesional del sistema educativo, señalándose en el artículo 21 que estas pruebas serán convocadas al menos una vez al año por parte de las Administraciones educativas.
En la dirección de acercar la Administración educativa al ciudadano y agilizar la gestión, la presente orden, de conformidad con el Decreto 2/2006, de 10 de enero contempla la presentación de la solicitud por el sistema de administración electrónica a través de la plataforma educativa Rayuela.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de Extremadura del 30/3/2020

TítuloDiario Oficial de Extremadura

PaísEspaña

Fecha30/03/2020

Nro. de páginas576

Nro. de ediciones7247

Primera edición17/01/1984

Ultima edición13/05/2024

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