Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 03/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.065
Salta, viernes 3 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose el estado de necesidad y la objetiva razonabilidad para el otorgamiento del subsidio;
Que la Dirección General de Abastecimiento y Mantenimiento, la Dirección General de Asuntos Legales y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública tomaron la intervención previa de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente CARLOS RUBÉN YAÑEZ, DNI Nº 11.283.945, por la suma de pesos noventa y siete mil sesenta y dos con cincuenta centavos $
97.062,50, destinado a cubrir la provisión de oxigenoterapia domiciliaria, debiendo tomar intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse al Curso de Acción: 081013000300 Gestión de Pacientes, Cuenta: 415123, Auxiliar 1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Villada I
Fechas de publicación: 03/09/2021
OP N: SA100039030

SALTA, 27 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 659
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 140044-57064/2016
VISTO la solicitud de retiro obligatorio por incapacidad del agente de la Policía de la Provincia de Salta, Pablo Daniel Acosta Fernández; y, CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Nº 36.731/2014, la Jefatura de la Policía de la Provincia, resolvió tener la lesión sufrida por el agente Pablo Daniel Acosta Fernández, como ocurrida en servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 436 inciso b de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia; solicitando se disponga el pase a situación de Retiro Obligatorio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 inciso h, de la Ley Nº 5.519 -Suplementaria de Retiros Policiales-;
Que la Unidad de Atención Integral UDAI - Río Cuarto, de la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES, evaluó los estudios clínicos y la documentación presentada, y se constató, conjuntamente con el informe del diagnóstico del Departamento Salud de la Policía, que el agente Acosta Fernández, presenta una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 70% de la total obrera para el desempeño de las funciones de seguridad y defensa;
Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 03/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha03/09/2021

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones1989

Primera edición04/01/2016

Ultima edición22/05/2024

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