Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 15/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Viernes, 15 de marzo de 2019 Núm. 32

En el supuesto de que el último día de presentación de instancias fuera sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Quienes dispongan de DNI electrónico o certificado digital para su identificación electrónica, podrán presentar las solicitudes a través del procedimiento electrónico habilitado en el catálogo de servicios/procedimientos de los ciudadanos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia:
http sede.diputaciondepalencia.es.
Los formularios electrónicos para su cumplimentación y tramitación presencial, también están disponibles en la misma dirección.
Aquellos aspirantes que por razones de discapacidad precisen adaptaciones para la realización de exámenes, deberán indicarlo en la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Para ello harán constar en la solicitud las posibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas, acompañando el dictamen técnico facultativo. En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr Diputado-Delegado del Área de Hacienda y Asuntos Generales aprobará, mediante resolución, las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión en cada caso. Dicha resolución se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Diputación y en la página Web, concediéndose un plazo de diez días naturales, contados a partir de la publicación en la página Web, para la presentación de reclamaciones, aportación de documentos y subsanación de errores.
Terminado el plazo referido, se dictará nueva resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes o corrigiéndola si hubieran existido modificaciones como consecuencia de reclamaciones.
En la misma resolución, que será publicada en el tablón de anuncios y en la página web de la Diputación Provincial de Palencia, se determinará la composición nominativa del Tribunal y se fijará fecha y hora para la celebración del primer ejercicio de la oposición.
Estas publicaciones y las sucesivas se harán en el tablón de anuncios y en la página Web de la Diputación.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
QUINTA.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN

5.1.- El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros, nombrados por el Sr. Diputado-Delegado del Área de Hacienda y Asuntos Generales de la Diputación Provincial de Palencia:
PRESIDENTE:
Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial.
VOCALES:
Cuatro funcionarios de carrera de la Diputación Provincial.
SECRETARIO:
Un funcionario de carrera de la Diputación de Palencia, que actuará con voz pero sin voto.
5.2.- El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que habrán de designarse simultáneamente con los titulares. Deberán poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trate.
Los miembros del Tribunal pertenecerán al mismo a título individual, no pudiendo ostentar dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
5.3.- El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones del mismo se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del Presidente. Si constituido el Tribunal e iniciada la sesión se ausentara el Presidente, actuará como tal el Vocal de mayor edad.
5.4.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidenta de la Corporación, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 15/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha15/03/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3365

Primera edición02/01/2003

Ultima edición17/05/2024

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