Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.925 - Segunda Sección
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Lunes 23 de mayo de 2022

CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS

SOCIEDADES ANÓNIMAS

AGRICOLA DELMOROS.A.

Publicación complementaria a la realizada el 5/4/2022, n 21157/22. La sociedad se constituye en virtud de la escisión de AGRISUDS.A. CUIT 30-70806791-8, IGJ 30/10/2002, N12752, L 19 de Sociedades por Acciones, resuelta por asamblea de la mencionada sociedad del 15/2/2022. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº207 de fecha 30/03/2022 Reg. Nº523
Julia Fernandez - Matrícula: 5195 C.E.C.B.A.
e. 23/05/2022 N36433/22 v. 23/05/2022

ALTO GRAMAJES.A.

Por escritura del 17/05/22. 2 ALTO GRAMAJE S.A 3 Brian Ezequiel JIMENEZ, 05/05/1998, DNI 45.318.489, calle 508, casa 75, Sector E, Ciudad Evita, La Matanza, Pcia Bs As y María Julieta CAMARA, 15/08/1977, DNI 26.114.039, calle Laprida 446, Vicente Lopez, San Isidro, Pcia Bs As, argentinosd, comerciantes, solteros 4 comercializar, comprar, vender, elaborar, depositar, importar, exportar, industrializar, distribuir alimentos, productos y subproductos derivados de la carne, ya sea ovina, porcina, avícola, equina, pesquera, como también los productos relativos a su industria frigorífica y, la explotación de la actividad vitivinícola, agrícola y forestal en general. Realizar la explotación comercial de la rama gastronómica, y productos vinculados con la alimentación, servicios de catering, explotación de concesiones gastronómicas, bares, confiterías y afines. Producción y distribución de comidas preelaboradas y elaboradas: comedores comerciales, industriales, estudiantiles y actividades afines a la gastronómica. 5 $300.000.
6 Carlos Pellegrini 469, CABA. 7 30 años. 8 31/12 9 Las acciones son ordinarias, nominativas no endosables, de $1 v/n suscriben: Brian Ezequiel JIMENEZ, el 50% del Capital y 150.000 acciones y María Julieta CAMARA, el 50% del Capital y 150.000 acciones. 10 prescinde de sindicatura 11 PRESIDENTE: PRESIDENTE: Brian Ezequiel JIMENEZ, y DIRECTOR SUPLENTE: María Julieta CAMARA, constituyen domicilio en la sede social.Autorizado según instrumento público Esc. Nº202 de fecha 17/05/2022 Reg. Nº172
Andrea Viviana Gouget - Matrícula: 4814 C.E.C.B.A.

e. 23/05/2022 N36069/22 v. 23/05/2022

BANCO SANTANDER ARGENTINAS.A.

CUIT 30-50000845-4 Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 20.04.2022 modificar los artículos 4, 5, 11, 17, 18 y 24 del Estatuto Social, eliminar el artículo 22 del mismo y, como consecuencia de ello, reenumerar los artículos posteriores otorgando un nuevo TEXTO ORDENADO del Estatuto Social, delegando en el Directorio la aprobación del texto ordenado, los que quedan redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO
CUARTO: El Capital Social está representado por acciones ordinarias y preferidas escriturales de $1 un peso cada una, con las características que se indican a continuación: a acciones ordinarias escriturales de clase A
con derecho a cinco 5 votos por acción; b acciones ordinarias escriturales de la clase B con derecho a un 1
voto por acción y c acciones preferidas sin derecho a voto. El capital social se regirá por las siguientes disposiciones:
a El capital del Banco constará en los balances, conforme resulte del último aumento inscripto en el Registro Público de Comercio en la forma que establecen las normas legales y reglamentarias vigentes. El capital podrá ser aumentado por resolución de la Asamblea Ordinaria hasta su quíntuplo sin necesidad de modificar el Estatuto. La evolución del capital en los tres últimos ejercicios constará en una nota al balance, en la cual se indicará su monto y el importe no integrado conforme a las normas aplicables; b Las emisiones de acciones, y sus características, a ser ofrecidas en suscripción podrán ser dispuestas por Asamblea Ordinaria con el quórum y por la mayoría de votos que especifican estos Estatutos y de conformidad con las normas aplicables. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la facultad de fijar la época de emisión, forma y condiciones de pago así como el precio de emisión, sujeto a pautas que la asamblea establecerá en cada caso; c La Asamblea podrá establecer asimismo la liberación de los cedentes sucesivos de la garantía establecida por el artículo 210 de la ley 19.550 y sus modificatorias. En caso de emitirse acciones en forma cartular, resultarán aplicables todas las disposiciones presentes o futuras que rijan las condiciones para la negociación bursátil o extrabursátil de certificados provisionales representativos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2022 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha23/05/2022

Nro. de páginas109

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

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