Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.797 - Segunda Sección
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Viernes 19 de noviembre de 2021

CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS

SOCIEDADES ANÓNIMAS

ABC MUEBLESS.A.

Escritura del 15/11/21. 1 Ana Rosa Berdichevsky, DNI 10520287, 15/9/52, 306 acciones; y Manuel Eustaquio Cabañuz, DNI 8308971, 23/6/50, 294 acciones; ambos argentinos, casados, empresarios, domiciliados en Gral. Fructuoso Rivera 2785, CABA. 2 ABC MUEBLESS.A. 3 Gral. Fructuoso Rivera 2785, CABA. 4 99 años.
5 Fabricación, industrialización, diseño y comercialización de todo tipo de muebles, artículos de ebanistería en sus más variados tipos, formas y estilos, muebles, sillas, tapicerías y toda otra explotación relacionada con la industrialización de la madera, inclusive carpintería mecánica y metálica. Fabricación, pintura, renovación y reconstrucción de muebles, sus partes y accesorios de todo tipo y en sus mas variadas formas para su uso domestico, comercial e industrial. Importación, exportación, comercialización, transformación, representación, por mayor y menor, de sus productos, o productos relacionados con su objeto. 6 $600000 representado por 600
acciones ordinarias nominativas no endosables de $1000 y un voto cada una. 7 31/10. 8 Presidente: Ana Rosa Berdichevsky, Director Suplente: Manuel Eustaquio Cabañuz; ambos domicilio especial en el social Autorizado según instrumento público Esc. Nº699 de fecha 15/11/2021 Reg. Nº172
Silvia Epelbaum - Habilitado D.N.R.O. N3369
e. 19/11/2021 N89106/21 v. 19/11/2021

AG VALORESS.A.

CUIT 30-70802638-3 Por asamblea extraordinaria del 19/9/2021 se modifico el objeto quedando redactado el mismo de la siguiente manera: Actuar como Agente de Liquidación y Compensación de conformidad con lo dispuesto por la Ley N 26.831, y las Normas que la complementen y/o modifiquen, así como lo dispuesto en las normas de la Comisión Nacional de Valores, según las actividades que admita la subcategoría en la que resulte registrado -ya sea propio o integralante el citado organismo estatal de contralor, así como en todas las otras categorías compatibles con su actividad. En tal carácter podrá, tanto para su cartera propia como para terceros clientes: a Brindar asesoramiento respecto a inversiones en el mercado de capitales, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor; b Actuar como intermediario, interviniendo en la colocación primaria ingresando ofertas y en la negociación secundaria registrando operaciones a través de los sistemas informáticos de negociación de los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores, e intervenir en la liquidación y compensación de las operaciones concertadas y la de otros agente de negociación debidamente registrados, cuando a tal efecto exista convenio previo entre las partes; c Cursar órdenes para realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización por partes de Comisiones de Valores u otros organismos de control extranjeros, que correspondan a países incluidos en el listado previsto en el inciso b del artículo 2 del Decreto 589/2013 en materia de transparencia fiscal, y pertenezcan a jurisdicciones que no sean consideradas como no cooperantes, ni de alto riesgo por el Grupo de Acciones Financiera Internacional GAFI, y que se encuentren autorizados para ser comercializados en esas jurisdicciones o inversores acorde al perfil de riesgo del cliente; y d Actuar como agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administrar carteras de valores, colocar cuotapartes de fondos comunes de inversión, conforme a la normativa vigente, y realizar cualquier otra actividad que resulte compatible con su actuación como Agente de Liquidación y Compensación. En tal carácter la sociedad será responsable del cumplimiento ante los Mercados y Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, la de sus clientes y la de los Agentes de Negociación que liquiden por su intermedio. En cumplimiento de su objeto la sociedad podrá custodiar valores negociables y realizar cualquier clase de operaciones sobre títulos valores públicos o privados permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, incluyendo contratos al contado o a término, de futuros y opciones, sobre bienes, servicios, índices, monedas, productos y/o títulos representativos de dichos bienes; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general intervenir en aquellas transacciones del mercado de capitales que puedan llevar a cabo los Agentes de Liquidación y Compensación de acuerdo a la subcategoría en la que resulte inscripta en el registro de la Comisión Nacional de Valores así como prestar cualquier tipo de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales. Se reformo articulo 4. Autorizado por escritura Nº330 del 16/11/2021 registro 1036.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha19/11/2021

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones9348

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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