Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.578 - Segunda Sección
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Jueves 4 de febrero de 2021

CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS

SOCIEDADES ANÓNIMAS

ALPARGATASS.A.I.C.

CUIT 30-50052532-7 hace saber por un 1 día que la Asamblea Gral. Extraordinaria del 27/12/2019 resolvió por unanimidad: i aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $698.431.356, llevándolo de $2.334.259.645 a $3.032.691.001, ii emitir la cantidad de VN $698.431.356 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $1 por acción y con derecho a un 1 voto cada una, y iii reformar el art 5 del estatuto, el cual quedó redactado de la siguiente manera: El capital social es de pesos tres mil treinta y dos millones seiscientos noventa y un mil uno $3.032.691.001 representado por tres mil treinta y dos millones seiscientos noventa y un mil una 3.032.691.001 acciones ordinarias, escriturales, nominativas no endosables, con derecho a un 1 voto cada una y de valor nominal Un Peso $1 por acción. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción.
Los títulos representativos de las acciones y los certificados provisorios contendrán las menciones establecidas en los artículos 211 y 212 de la ley 19.550 t.o. decreto 841/84. El capital social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su importe, en una o más veces, conforme al artículo 188 de la ley 19.550 t.o. decreto 841/84. En caso de aumento de capital, la Asamblea podrá decidir la emisión de acciones, escriturales o no, nominativas no endosables, ordinarias o preferidas, conforme a las condiciones que en cada caso se establezcan. Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea de fecha 27/12/2019
María Cristina Schiavone - T: 58 F: 387 C.P.A.C.F.
e. 04/02/2021 N5199/21 v. 04/02/2021

ALSEGOS.A.

CUIT 30-70988105-8. Por Asamblea Extraordinaria del 16/03/2020 se resolvió modificar el artículo cuarto del estatuto social, quedando redactado: ARTICULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto social realizar por si misma o por cuenta de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: INMOBILIARIAS: mediante la compra y/o venta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, incluyendo aquellos comprendidos en el sistema que legisla el Código Civil y Comercial de la Nación sobre propiedad horizontal, Clubes de Campo, Country y Parques Industriales, intermediación en operaciones inmobiliarias y el fraccionamiento de parcelas, su urbanización y posterior loteo, pudiendo realizar toda clase de mejoras en inmuebles propios o de terceros, así como construcciones de todo tipo para su posterior enajenación. MANDATOS: mediante la locación y administración de inmuebles y consorcios conforme se estipula en el Código Civil y Comercial de la Nación y decretos reglamentarios;
asesoramiento y consultoría sobre negocios inmobiliarios. FINANCIERAS: para la financiación directa o indirecta de las actividades societarias con exclusión de las comprendidas en la Ley 21.526 de Entidades Financieras. En todos los casos en que las actividades que se ejerzan requieran poseer título profesional habilitante, no podrán ser cumplidas dichas actividades sino por quienes posean título habilitante suficiente y en los casos en que se requiera deberán poseer la habilitación de la autoridad sanitaria, municipal o la que sea pertinente. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, garantizar obligaciones de terceros, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato social. Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea de fecha 16/03/2020
Fernando Martin Vila - T: 69 F: 322 C.P.A.C.F.
e. 04/02/2021 N5240/21 v. 04/02/2021

CONSTRUCTORA JBJS.A.

Se rectifica publicación N3824/21 del 28/1/2021 Se establece que el Capital social es $1.000.000 dividido en 100.000 acciones de V.N. $10 c/u.Suscripción: Patricio Gastón Flores y Rodrigo Desiata 50.000 cuotas sociales C/U. Autorizado por Esc. Nº26 del 26/01/2021 Reg. Nº933.
Julieta Pintos - T: 381 F: 223 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 04/02/2021 N5226/21 v. 04/02/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha04/02/2021

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones9350

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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